Registro inexistente, mandos sin sanción: 8 ausencias en la ley contra desaparición forzada
Por Redacción/ Animal Político
La falta de un registro de víctimas de desaparición forzada, la imposibilidad para investigar y castigar a mandos que ordenen a sus subordinados detener ilegalmente a una persona, la ausencia de un instituto forense independiente que ayude en la búsqueda e identificación de las personas.
Lo anterior son ejemplos de puntos y herramientas clave que no están contemplados en el dictamen por el que se crea la primera Ley General de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares en México.
Un análisis hecho por 14 organizaciones especializadas en el tema, y que forman parte de la Campaña Nacional Contra la Desaparición Forzada, identificó ocho fallas o ausencias en el contenido de esta ley que –desde su punto de vista– puede contribuir a la impunidad de los casos y no a su solución.
“Estamos ante una propuesta de ley incompleta que de aprobarse así requerirá varias reformas y reformas y que retrasarán su implementación real. Esta ley no favorece a conocer la verdad porque no hay una comisión de búsqueda y además propicia impunidad al no haber castigo a la cadena de mando detrás de una desaparición”, dijo en entrevista Zita Loyo, integrante del Comité Cerezo, una de las organizaciones impulsora de la Campaña Nacional.
La semana pasada el Senado aprobó el dictamen por el que se crea la primera Ley contra la Desaparición Forzada en México. El documento pasó ahora a manos de la Cámara de Diputados para su discusión y aprobación.