Organizaciones piden a AMLO no crear Guardia Nacional; es una falsa salida a crisis de inseguridad, dicen

Redacción / Animal Político

Foto: Juan Carlos Cruz

Unas 128 organizaciones de la sociedad civil manifestaron su rechazo a la propuesta de crear una Guardia Nacional militarizada al considerarla “una falsa salida a la crisis de inseguridad por la que atraviesa el país”.

En un comunicado, firmado también por 523 activistas, académicos y ciudadanos, argumentaron que está acreditado que en el país el despliegue militar no resuelve dinámicas delictivas complejas que responden a factores socioeconómicos y criminógenos que deben atenderse mediante acciones de prevención focalizadas y capacidades de investigación propias de instituciones policiales, tanto a nivel federal como local.

Las organizaciones recordaron que durante sus campañas, el presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, manifestó que las Fuerzas Armadas no debían cumplir funciones de seguridad pública, y que la creciente militarización no había dado ni daría resultados.

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Ocho puntos clave del Plan Nacional de Paz y Seguridad de AMLO

Redacción / La Jornada

Foto Carlos Ramos Mamahua / La Jornada

El Plan Nacional de Paz y Seguridad presentado por el Presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, y su próximo gabinete de Seguridad, incluye ocho puntos claves para cambiar el modelo en la materia y buscar la pacificación el país.

Los elementos claves de la estrategia que detalló este miércoles -en un hotel de la Ciudad de México en Paseo de la Reforma – el próximo Secretario de Seguridad Pública, Alfonso Durazo, son: Erradicar la corrupción y reactivar la procuración de justicia; garantizar empleo, educación, salud y bienestar; pleno respeto y promoción de derechos humanos; regeneración ética de la sociedad; reformular el combate a las drogas; emprender la construcción de la paz; recuperación y dignificación.

Como último punto se encuentra el plan de Seguridad Pública, el cual incluye como aspectos principales el “Repensar la seguridad nacional y reorientar el papel de las fuerzas armadas; crear una Guardia Nacional, y establecer Coordinaciones Regionales”.

1 – Erradicar la corrupción y reactivar la procuración de justicia.

El plan destaca que para resolver exitosamente los fenómenos de delincuencia como la delincuencia común y la delincuencia organizada, “es indispensable erradicar la corrupción de la administración pública en todos sus ámbitos. Es indiscutible que la impunidad florece gracias a la corrupción y que ésta termina desarticulando todo esfuerzo del Estado en el combate al delito”.

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Declaraciones de Sedena sobre 68 son una burla y un insulto: sobrevivientes

Marcha 2 de octubre 1968

Redacción / El Universal

Marcha 2 de octubre 1968
Foto: Cencos

Líderes del Comité 68 y ex presos políticos del omvimiento estudiantil calificaron de “burls”, “insulto” y un hecho “indignante” el que la Secretaría de Defensa Nacional (Sedena) afirme que en el movimiento estudiantil del 68 el Ejército actuó con respeto a los derechos humanos y protegió a la población, puesto que en Tlatelolco ocurrió un genocidio y muchos de los estudiantes arreestados fueron torturados.

Félix Lucio Hernández Gamundi, líder del Comité 68 y ex delegado ante el Consejo Nacional de Huelga (CNH) por el Instituto Politécnico Nacional (IPN), afirmó que el Ejército violó derechos humanos el 2 de octubre de 1968 en Tlatelolco al disparar contra una reunión pacífica y señaló que los expedientes que entregó al Archivo General de la Nación (AGN) son “basura”.

“Se violaron derechos humanos porque estábamos en una manifestación pacífica y las balas vinieron del Ejército en lo que fue un genocidio, delito que no prescribe. De los miles que fuimos detenidos, ni uno fue acusado de posesión de armas, declarado que hubiera disparado en el acto, ni antes ni durante la asamblea. El Batallón Olimpia actuó contra la población vestidos de civiles, lo cual es ilegal. Debe de haber partes por escrito: los militares no ordenan por palabra. Lo que declaran a EL UNIVERSAL de que entregaron todos los expedientes al AGN no es cierto, lo que dieron fue basura”.

Gilberto Guevara Niebla, ex delegado ante el CNH por la Facultad de Ciencias de la UNAM, fue uno de los estudiantes que participó en la negociación con los representantes del ex presidente Gustavo Díaz Ordaz, después en Tlatelolco fue detenido y posteriormente torturado.

Legisladores presentan iniciativa contra ley de seguridad; es insostenible y no es solución, dice Durazo

Redacción/Animal Político

Resaltaron que podría ser posible derogarla con la mayoría legislativa de la bancada de Morena, que ya tiene mayoría en el Congreso, además de que eliminar esa ley fue una de las promesas de campaña del partido.

Foto: Viridiana Ramírez/Cencos

Senadores y diputados federales de diversos partidos presentaron este jueves iniciativas para abrogar la Ley de Seguridad Interior, e impulsar un nuevo modelo ciudadano que no contemple la participación de las Fuerzas Armadas.

Ante ello, Alfonso Durazo, quien será secretario de Seguridad en el gobierno de Andrés Manuel López Obrador, expresó en Twitter que la Ley de Seguridad Interior aprobada, “como la conocemos”, es “insostenible” y no es una solución para la situación de violencia en el país.

“El Presidente Electo prometió desde campaña una revisión a la Ley, pues aunque fue planteada como una solución, no lo es. Como lo dijo entonces: La Ley, como la conocemos, es insostenible.

Me da gusto que el grupo de legisladores y activistas que hoy hacen esta solicitud, estén en sintonía con lo que hace meses hemos venido diciendo. Este gobierno electo no solo recoge las observaciones que hace este grupo, sino que las integrará a todas aquellas que hicieron los legisladores de Morena, que en su momento interpusieron un recurso de inconstitucionalidad”, agregó.

Algunos legisladores que forman parte de la organización Ahora, encabezados por Emilio Álvarez Icaza, destacaron  la importancia de que se abrogue la ley, y resaltaron que podría ser posible con la mayoría legislativa de la bancada de Morena, que ya tiene mayoría en el Congreso.

Además, recordaron que eliminar esa ley fue una de las promesas de campaña del partido.

“En la legislatura anterior, siendo minoría, Morena rechazó la aprobación de la Ley. Hoy son mayoría, momento único para la abrogación”, señalaron.

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Se disparan recomendaciones de la CNDH emitidas a las fuerzas armadas

Foto: Alfredo Domínguez/La Jornada

Por Redacción/La Jornada

El número de recomendaciones emitidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) debido a violaciones a las garantías fundamentales cometidas por miembros de las fuerzas armadas se ha incrementado considerablemente a partir de que comenzó la llamada guerra contra el crimen organizado.

En más de una década de la estrategia que se basa en la participación de militares y marinos en labores de seguridad pública en diversos puntos del país, la cifra de recomendaciones alcanza 166: contra elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) han sido 126 y 40 contra la Secretaría de Marina Armada de México (Semar). Esto de 2007 al 30 de noviembre de 2017.

Las violaciones a las garantías fundamentales en las que han incurrido soldados y marinos y que han sido acreditadas en todas estas recomendaciones por la CNDH son desaparición forzada, ejecución extrajudicial (vulneración del derecho a la vida), detenciones arbitrarias, tortura y otros tratos crueles, contra la integridad y la seguridad personal, contra la libertad, agresiones sexuales y no presentar de inmediato a los detenidos ante el Ministerio Público, entre otras.

Datos del organismo presidido por Luis Raúl González Pérez indican que en 2006, antes de la instrumentación de la actual estrategia de seguridad (que fue decretada por Felipe Calderón Hinojosa, ex titular del Ejecutivo federal, en diciembre de 2006, y continúa durante la administración de Enrique Peña Nieto), la Sedena no recibió ninguna recomendación, mientras la Semar tuvo apenas una.

A partir de entonces el número de señalamientos de la CNDH contra ambas dependencias fue en ascenso. En el caso del Ejército en 2007 recibió seis recomendaciones, 14 en 2008, 30 en 2009, 22 en 2010, 25 en 2011, 15 un año más tarde, tres para 2013, una en 2014, dos en 2015 (aunque una de ellas fue por graves violaciones a los derechos humanos), cinco en 2016 y tres en 2017, hasta el 30 de noviembre.

En lo que toca a los elementos de la Marina, su actuación ha generado 40 recomendaciones del organismo nacional: una en 2007, dos en 2008, una en 2009, seis en 2010, seis más en 2011, el mismo número un año más tarde, siete en 2013, una en 2014, también una en 2015, siete el año pasado y dos hasta el 30 de noviembre de 2017.

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Organizaciones internacionales forman una coalición contra la Ley de Seguridad Interior

Foto: Viridiana Ramírez/Cencos

Por Redacción/Animal Político

Diez organizaciones internacionales conformaron una coalición para observar y documentar la situación de derechos humanos en el país tras la aprobación de la Ley de Seguridad Interior, y hacer un llamado al presidente Enrique Peña Nieto para que ejerza su facultad de veto respecto a esa legislación.

“La aprobación de la Ley de Seguridad Interior que se concretó esta semana en el Senado mexicano implica un grave retroceso para una nación que ya se enfrenta a niveles de violencia sin precedentes y a una situación generalizada de violaciones a derechos humanos”, indicaron en un comunicado.
“Lejos de abordar la impunidad generalizada de crímenes atroces -incluidos los cometidos por las fuerzas armadas en el contexto de la larga ‘guerra contra las drogas’- la Ley de Seguridad Interior consagra y fortalece el papel del Ejército y la Marina en tareas de seguridad públicas reservadas para autoridades civiles”, agregaron.

La coalición está conformada por Amnistía Internacional (AI), el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), la Coordinación Alemana por los Derechos Humanos en México, la Fundación para el Debido Proceso (DPLF), Latin American Working Group (LAWG), la Oficina de Washington para América Latina (WOLA), Open Society Justice Initiative (OSJI), la Organización Mundial contra la Tortura (OMTC), Peace Brigades International (PBI) y Robert F. Kennedy Human Rights.

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Las 14 razones de la ONU para rechazar la Ley de Seguridad Interior

Foto: Facebook EPN

Por Redacción/Animal Político

El representante de la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH), Jan Jarab, envió una carta al Senado de la República para pedir que no sea aprobada la Ley de Seguridad Interior.

En la misiva, entregada el pasado lunes a la Cámara Alta, la ONU-DH expresa su profunda preocupación por el contenido de la Minuta, pues, “entre otras consideraciones, generaría riesgos para la vigencia de los derechos humanos y no aportaría soluciones para enfrentar los enormes retos que en materia de seguridad enfrenta el país”.

Este es el análisis de los 14 rubros de la Ley de Seguridad Interior sobre los cuales ONU-DH muestra mayor preocupación, y por los cuales pide frenar la aprobación de la Minuta:

1. Ambiugüedad de conceptos

La ley utiliza conceptos ambiguos y laxos que favorecen una aplicación extensiva, discrecional y arbitraria. Conceptos tales como “seguridad interior”, “acciones de seguridad interior”, “amenazas a la seguridad interior”, “riesgo a la seguridad interior”, entre otros, se definen de manera laxa. Algunos otros, como el concepto de “actos de resistencia” carecen por completo de definición a pesar de su relevancia.

De igual forma, los escenarios que permiten habilitar las acciones previstas en la ley son demasiado generales y poco precisos, de modo tal que se podrían activar los mecanismos previstos en la ley en una cantidad indeterminada de supuestos.

2. Violación al principio de necesidad

La Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior podrá declararse no solamente cuando se superen las capacidades efectivas de las autoridades competentes, sino también cuando éstas se “comprometan”; lo que reduce el umbral indispensable para su emisión (artículo 11, fracción I).

Asimismo, se podrán llevar a cabo acciones de seguridad interior ante la mera existencia de riesgos de seguridad interior (artículos 4, fracción I y 26), los cuales son definidos como situaciones que potencialmente pueden convertirse en amenazas (artículo 4, fracción III). Al quedar al arbitrio de la autoridad la existencia de éste tipo de situaciones, dichas cláusulas habilitarían la ejecución de la ley en un número indeterminado de escenarios.

3. Papel indebido de las Fuerzas Armadas

a) La legislación permite que las Fuerzas Armadas actúen de manera autónoma en esta materia y no necesariamente bajo la subordinación de las autoridades civiles o en coordinación con ellas (Artículos 4, fracción I y IV, 11 y 20).

b) Las “Fuerzas Armadas” podrán realizar actividades relativas a la seguridad interior sin la necesidad de que se emita Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior, por lo que el carácter habilitante de la Declaratoria desaparece (Artículos 6 y 26). Incluso el artículo 26, al facultar a las Fuerzas Armadas para llevar “a cabo las Acciones de Seguridad Interior que sean necesarias, pertinentes y eficaces para identificar, prevenir y atender riesgos” no establece ningún límite espacial o material y declara estas acciones con carácter permanente.

c) La ley regula la actuación de las Fuerzas Armadas ante la comisión de delitos, facultándolas para preservar el lugar de los hechos y poner a disposición de la autoridad correspondiente a los detenidos (artículo 27). Sin embargo, no existen reglas claras sobre la intervención de las Fuerzas Armadas como primeros respondientes, con las responsabilidades que esto conlleva en el marco del procedimiento penal.

d) El artículo 28 establece que las Fuerzas Armadas realizarán las Acciones de Seguridad Interior “con su organización, medios y adiestramiento”, lo cual no permite hacer las adecuaciones pertinentes para enfrentar una situación distinta a la habitual que deberían desarrollar, especialmente cuando se ha señalado reiteradamente que la formación y adiestramiento militares resultan inadecuados para la realización de las tareas previstas en la ley.

4. Sometimiento de la autoridad civil al mando militar

a) Cuando intervengan las Fuerzas Armadas, corresponderá a los Secretarios de la Defensa Nacional y Marina proponer a un comandante de las Fuerzas Armadas para que dirijan los grupos interinstitucionales. Lo anterior cancela que la autoridad civil que encabeza las tareas previstas por la ley -según el artículo 5 la Secretaría de Gobernación- tenga la capacidad de proponer a quien dirigirá a los grupos institucionales.

b) Se establece un monopolio en la dirección y coordinación en favor de los integrantes de las Fuerzas Armadas, vedando la posibilidad de que sea un civil quien desarrolle dichas funciones (artículo 20, fracciones I y III; artículo 21; artículo 22).

c) La línea de mando del comandante designado sería la Secretaría de la Defensa Nacional o Marina, lo que nuevamente elude el liderazgo y responsabilidad de la autoridad civil.

d) El protocolo de actuación invariablemente será elaborado por un “comandante”, esto es, por un integrante de las Fuerzas Armadas. Dichos protocolos establecerán las “responsabilidades, canales de comunicación y coordinación de las autoridades militares y civiles” (artículo 20, fracción II). Debería corresponder a la autoridad civil la elaboración de los protocolos de actuación.

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Detenciones militares y espionaje, lo que está en juego con la Ley de Seguridad Interior

Foto: Facebook Enrique Peña Nieto

Por Redacción/Animal Político

Los diputados aprobaron la Ley de Seguridad Interior que reglamenta la intervención de las fuerzas federales y armadas en los estados del país, cuando la seguridad de los ciudadanos e instituciones (seguridad interior) se vea comprometida, y donde las capacidades de un estado o municipio estén rebasadas.

La ley compuesta por 34 artículos (que aún debe pasar el filtro de la aprobación del Senado) establece de forma general en qué situaciones intervendrán las fuerzas federales y armadas en un municipio o entidad, así como el método por el cual se aprobaría. En todos los casos, la decisión será facultad del Presidente de la República sin necesidad de aprobación del congreso.

Pero además, la ley incluye otros elementos importantes como la clasificación de la información reservada en estas acciones, la posibilidad de realizar acciones de espionaje, la condición de que las marchas sean “pacíficas” para que no se les considere una amenaza, y efectuar detenciones con la policía.

Animal Político te presenta 13 puntos clave de esta ley:

¿Qué es la seguridad interior y cuándo está amenazada?

El artículo 2 de la nueva ley establece que la seguridad interior es “la condición que proporciona el Estado mexicano que permite salvaguardar la permanencia y continuidad de sus órdenes de gobierno e instituciones, así como el desarrollo nacional mediante el mantenimiento del orden constitucional, el Estado de Derecho y la gobernabilidad”.

Ésta se verá amenazada (según la propia ley) en situaciones que se originen dentro del país, por ejemplo, hechos que impidan combatir a la delincuencia organizada o actos de terrorismo, así como por emergencias o desastres naturales, epidemias, o cualquier fenómeno que afecte las capacidades de estados y municipios en temas de seguridad nacional (sin especificar cuáles).

¿Qué es la Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior?

El artículo 4 define que es la orden del Presidente que “habilita la intervención de la Federación, incluidas las Fuerzas Armadas, para que por sí o en coordinación con otras autoridades, realicen acciones de Seguridad Interior para contener y reducir Amenazas a la Seguridad Interior”.

La Declaratoria es un requisito indispensable para que se autorice la intervención federal y militar en un estado, aunque el artículo 6 establece que las fuerzas armadas pueden implementar por su cuenta (sin declaratoria) acciones para prevenir o atender “riesgos” identificados en la Agenda Nacional de Riesgos.

Cabe señalar que la Agenda Nacional de Riesgos está contemplada en el artículo 7 de la Ley de Seguridad Nacional y por ser de ese ámbito, su contenido es clasificado como reservado.

Derechos humanos: respeto y suspensión

El artículo 7 de la nueva Ley de Seguridad Interior señala expresamente que todos los actos que realicen las autoridades en materia de seguridad interior deben respetar los derechos humanos sin excepción.

Solo en casos de graves perturbaciones a la paz pública o cualquier incidente que represente un riesgo grave se podrá autorizar la suspensión de derechos, de acuerdo a lo que ya está previsto en el artículo 29 de la Constitución.

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Seguridad sin guerra

@cencos

Esta nota se publicó originalmente en The Mexican Times el 13 de abril de 2017.

Desde septiembre del año pasado se ha iniciado una “discusión” en materia de seguridad interior, en la cual el punto medular es legalizar la participación de las Fuerzas Armadas en auxilio de las autoridades civiles, en otras palabras, que el Ejército, la Marina y la Fuerza Aérea Mexicana realicen funciones de Policía Federal, Inteligencia, Ministerio Público entre otras.

Foto: El Informante

En este contexto los partidos políticos han impulsado tres propuestas de Ley de Seguridad Interior, la primera a cargo del senador panista Roberto Gil Zuarth, la segunda encabezada por los diputados priístas César Octavio Camacho Quiroz y Martha Sofía Tamayo Morales y por último, en el mes de febrero, la bancada del Partido Verde Ecologista de México hizo lo propio.

Después de realizar un análisis a las propuestas encontramos los siguientes puntos críticos:

–Controlar actos de resistencia no agresiva: en esta redacción poco clara, bien cabrían las manifestaciones pacíficas, violando claramente la libertad de expresión.
–Investigación y persecución de los delitos: si bien en los proyectos se manifiesta que el apoyo sería en caso de que las autoridades se encuentren superadas, en este sentido las agencias encargadas de estas funciones tienen enormes cargas de trabajo y deficiencias estructurales, por lo que en una visión operativa desde ya se encuentran rebasadas.
–Intervención de comunicaciones privadas: esto faculta a las Fuerzas Armadas a que puedan escuchar llamadas, ver mensajes de texto, revisión de redes sociales y correo electrónico, etc.
–Localización geográfica en tiempo real: es decir, que puedan conocer en dónde te encuentras en todo momento.
–En la propuesta impulsada por el PRI, “Hacer uso de cualquier método de recolección de información”: preocupa que en un proyecto de seguridad se utilicen redacciones tan vagas y confusas, mismas que podría permitir que se cometan actos ilícitos al margen de la ley.

Aunado a estas propuestas, el Presidente Enrique Peña Nieto en los últimos meses ha iniciado una campaña mediática vanagloriando a las Fuerzas Armadas y descalificando a quienes las critican, aun cuando es conocimiento público que en el desarrollo de algunas de sus actividades se han violado derechos humanos, lo que demuestra una intención clara por diversos actores políticos en pasar en este periodo ordinario una ley de seguridad interior.

Al comienzo del texto entrecomille discusión, y es que al menos entre los partidos políticos que impulsan estos proyectos y presidencia el fin: legalizar la participación de las Fuerzas Armadas, es un punto en acuerdo, lo que está sujeto a debate es el cómo hacerlo.

Es importante aclarar que las funciones que se establecen en los diversos proyectos no es algo que las Fuerzas Armadas no hagan ahora, sin embargo, legalizar su participación redimensionaría su injerencia en conflictos civiles, algo que la historia ha demostrado como nocivo para las sociedades, solo habría que echar un vistazo a Latinoamérica.

En relación con lo anterior, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha manifestado que “las fuerzas armadas son entrenadas para la defensa de un país contra un enemigo externo, por lo cual carecen del entrenamiento adecuado para cumplir con la misión de hacer cumplir la ley, tarea para la cual se requiere trabajar conjuntamente con las y los habitantes del país. Por ello, es fundamental la separación clara y precisa entre la seguridad interior como función de la policía y la defensa nacional como función de las fuerzas armadas”.

Dando seguimiento a esta idea, proponemos que la discusión debería centrarse en cómo mejorar a las diversas corporaciones policiacas del país, en Cencos hemos pensado puntos mínimos para iniciar este proceso:

-Mejorar los salarios.
-Mejorar la infraestructura.
-Reformas a leyes y reglamentos.
-100% de transparencia y rendición de cuentas.
-Capacitación constante y de calidad.
-Mejores condiciones laborales.
-Lo anterior aunado cero impunidad.

En síntesis, no queremos a las fuerzas armadas en las calles porque esas no son sus funciones, ni están preparadas para ello, y se ha demostrado que su intervención en cuestiones de seguridad interna en general se encuentra acompañada de violaciones de derechos humanos.

La sociedad deber ser informada y considerada en la toma de esta decisión, la aprobación de una ley de este tipo modificaría radicalmente el rol entre autoridades y ciudadanos. No hay que olvidar que quienes ahora nos venden “seguridad” son los culpables de esta crisis de violencia e impunidad.

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