Inés Fernández: pelear por la justicia desde el fogón de la Montaña

Imagen tomada de Desinformémonos

 

Tlachinollan/Desinformémonos

Este 24 de octubre tuvo lugar la audiencia de vista dentro del proceso penal número 56/2013, que se sigue al militar Hugo Humberto García de León, quien es uno de los elementos señalados por la tortura sexual de Inés Fernández Ortega, en 2002.

Inés Fernández Ortega es una mujer indígena Me’phaa, originaria de la comunidad de Barranca Tecoani, municipio de Ayutla de los Libres, que desde hace más de dos décadas busca justicia. A pesar de acudir ante las instancias de procuración de justicia en México, fue revictimizada y su derecho al acceso a la justicia fue durante años obstaculizado por las instancias civiles locales, federales y militares. No sólo no encontró justicia en el país, sino que fue amenazada y llamada mentirosa e intimidada por muchos años.

El 30 agosto de 2010 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió una sentencia en contra del Estado mexicano en la que señaló que había quedado plenamente probado que había sido víctima de graves violaciones de derechos humanos – incluida tortura sexual- en un contexto marcado por la pobreza, discriminación y lo que el tribunal denominó “violencia institucional castrense”.

Cabe recordar que en un caso similar, el 1 de junio del 2018, el Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Guerrero emitió una sentencia condenatoria en contra de dos militares para el caso de Valentina Rosendo Cantú, también sobreviviente de tortura sexual y compañera de lucha de Inés Fernández Ortega, en dicha sentencia se impuso una pena de 19 años, cinco meses y un día de prisión, condenándolos además al pago de la reparación del daño, sentencia que generó un precedente en México.

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CNDH pide a juez respetar el debido proceso y el plazo razonable en el caso de Kenia Hernández

La mujer, activista indígena, abogada y defensora de los derechos humanos, fue vinculada a proceso a inicios de noviembre por su presunta responsabilidad en el delito de ataques a las vías de comunicación.

Foto: Cencos

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) pidió al juez de Distrito responsable del proceso penal que se sigue contra la activista Kenia Inés Hernández Montalván, del Colectivo Zapata Vive, respetar los principios del debido proceso y plazo razonable.

El organismo recordó al juez de control del Centro de Justicia Penal Federal del estado de Guerrero que el tiempo razonable para la duración del proceso debe medirse en relación con la complejidad del caso, la conducta del inculpado y la diligencia de las autoridades en la conducción del proceso, de acuerdo con los criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. 

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Presidenta de Afadem denuncia actos de “simulación” del Estado en la búsqueda de Rosendo Radilla

Gloria Leticia Díaz/Proceso

Imagen tomada de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, 2016.

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- A 10 años de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) contra el Estado mexicano por la desaparición forzada de Rosendo Radilla Pacheco, a manos de militares, en hechos ocurridos hace 45 años, la hija del luchador social, Tita Radilla, acusó actos de “simulación” por parte del Estado, sin que hasta ahora haya una estrategia de búsqueda o castigo a los responsables.

Por el contrario, “hoy son miles y miles (de desaparecidos), y esta escalofriante cifra aumenta día a día sin que nada ni nadie pueda pararlo y, lo peor, que tengan que ser las familias las que tengan que salir a los montes, a los cerros, a los desiertos, a los lugares más inhóspitos, a buscar a sus seres queridos desaparecidos”, lamentó ante el subsecretario de Gobernación, Alejandro Encinas, y la fiscal especial de Derechos Humanos, Sara Irene Herrerías.

Radilla Martínez, presidenta de la Asociación de Familiares Detenidos-Desaparecidos y Víctimas de Violaciones a Derechos Humanos de México (Afadem), resaltó que llevar el caso de su padre ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos formó parte de la estrategia de familiares de decenas de desaparecidos durante el periodo conocido como “guerra sucia”, para obligar al Estado mexicano a implementar acciones de búsqueda y sanción a los responsables, así como la reparación integral y medidas de no repetición.

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#EspacioOSC: Exigimos la presentación inmediata con vida de Obtilia Eugenio Manuel e Hilario Eugenio Castro

Este martes 12 de Febrero, alrededor de las 7:40 de la mañana, Obtilia Eugenio Manuel e Hilario Cornelio Castro abordaron un taxi colectivo en el tramo carretero Tierra Colorada-Ocotito, como parte de su trayecto hacia a Chilpancingo; sin embargo, no llegaron a su destino. Esa fue la última ubicación que se dio a conocer y se señaló que compañeros vieron como abordaron el taxi, sin que se sepan qué sucedió en el camino.

Obtilia Eugenio Manuel es defensora de derechos humanos y dirigente de la Organización del Pueblo Indígena Me’phaa (OPIM), apoyó a Valentina Rosendo Cantú e Inés Fernández Ortega en su proceso de denuncia ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, siendo a finales del año pasado que fuera nombrada parte del Consejo Municipal Comunitario de Ayutla elegido por usos y costumbres. Derivado del acompañamiento en el caso de Inés Fernández Ortega la Corte Interamericana de Derechos Humanos le otorgó medidas provisionales desde el 2009, las que actualmente sigue vigentes.

En noviembre del año pasado ella denunció públicamente que estaba recibiendo amenazas vía telefónica (1), en donde le decían que sería ella quien respondería por el Consejo y le daban señas de cómo iba vestida y por donde andaba, para hacerle saber que estaba vigilada. El motivo que en ese momento identificó la señora Eugenio de esas llamadas fue una estrategia para destruir el nuevo sistema comunitario, ya que se buscaría atacar la corrupción de las autoridades y tener un sistema de asamblea y de escucha al pueblo, lo que probablemente provocó a grupos del crimen organizado.

Se tiene conocimiento que derivado de las amenazas se interpuso una denuncia en la Fiscalía del Estado, siendo parte de las acciones que se habían implementado para su seguridad ir acompañada de un elemento de seguridad quien es quien la acompañaba y ahora se encuentra desaparecido el señor Hilario Cornelio Castro.

Como Espacio OSC hemos reconocido a Guerrero como uno de los Estados más peligrosos para ejercer la labor de defensa y el periodismo(2). Como mujer defensora indígena, aparte del riesgo adicional que pueda sufrir, su desaparición representa un atentado más al derecho a la  vida y seguridad de los que siguen marcando al Estado como un foco rojo para la protección de las personas defensoras que se enfrentan a un contexto de violencia muy alto y donde las autoridades son omisas.

Es muy preocupante que aún con medidas provisionales de la Corte Interamericana no se haya brindado la protección adecuada y que ahora nos enfrentemos a un hecho de desaparición. Exigimos al Presidente de la República, la Secretaria de Gobernación, el Subsecretario de Derechos Humanos, la Comisionada Nacional de Búsqueda y el Gobernador del Estado que realicen las acciones de búsqueda inmediata, mismas que impliquen entre otras cosas movilizar a fuerzas de seguridad a la zona para garantizar la presentación con vida de la señora Eugenio Manuel y el señor Cornelio Castro.

Tenemos claro que en caso de escalar estos hechos a un estado de mayor gravedad el Estado mexicano estará enfrentándose a la responsabilidad internacional por no garantizar la protección de la señora Eugenio.

Las organizaciones que integran el Espacio OSC: Acción Urgente para Defensores de los Derechos Humanos (ACUDDEH); ARTICLE 19; Asociación Mundial de Radios Comunitarias, México (AMARC Mx); Casa de los Derechos de Periodistas A.C.; Casa del Migrante Saltillo; Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan; Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh); Centro de Derechos Humanos Zeferino Ladrillero (CDHZL); Centro de Investigación y Capacitación Propuesta Cívica A.C. (CIC-PC); Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA); Centro Nacional de Comunicación Social (Cencos); Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH); Comité Cerezo México; Comunicación e Información de la Mujer A.C. (CIMAC); JASS Asociadas por lo Justo; Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos Todos los Derechos para Todas y Todos (RedTDT); SMR: Scalabrinianas, Misión con Migrantes y Refugiados; Servicios y Asesoría para la Paz (Serapaz). El Espacio OSC está acompañado por Brigadas Internacionales de Paz (PBI) – Proyecto México y Amnistía Internacional – México.

  1. Para mayor información: https://suracapulco.mx/impreso/2/la-amenazan-a-ella-y-a-otros-integrantes-del-concejo-municipal-de-ayutla-obtilia-eugenio/
  2. Para mayor información: http://espacio.osc.mx/la-deuda-del-estado-mexicano/

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Gobierno mexicano deberá pagar 1.5 millones de dólares a familia de tres jóvenes desaparecidos por el Ejército

Redacción/Animal Político

La desaparición de tres jóvenes es uno de los casos por los que el Estado Mexicano fue llevado a juicio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el año 2016, y finalmente hallado “responsable” de los hechos.

Foto: commons.wikimedia.org/Miguel Sierra

El 29 de diciembre de 2009, alrededor de las 21:00 horas, los primos José Ángel y Nitza Paola, ambos de 31 años de edad, platicaban dentro de la camioneta de Nitza, estacionada fuera de la casa familiar, cuando al menos dos vehículos se estacionaron junto a ellos, de los que descendió una decena de militares apuntando con sus armas largas.

José Ángel bajó voluntariamente del vehículo, para permitir que los militares lo revisaran, pero Nitza Paola, que perdió la movilidad de las extremidades inferiores a causa de un infarto cerebral, no pudo bajar de la camioneta inmediatamente después de que los militares lo ordenaron.

Por ello, tal como señala el testimonio de sus familiares, Nitza Paola fue prendida del cabello por un soldado y arrojada fuera de la camioneta, y después otro militar derribó a José Ángel con un golpe de culata en la cara, al intentar defenderla.

Luego, ambos jóvenes fueron puestos a bordo de los vehículos en los que se transportaba el grupo de militares, y partieron con ellos, no sin antes robar el auto estéreo de la camioneta en la que platicaban los detenidos.

Una hora después, militares arribaron a la cercana vivienda de Rocío Irene, de 18 años, sobrina de José Ángel y Nitza Paola.

Después de invadir la vivienda y destrozar los muebles, el grupo de militares encerró en un baño a los dos hermanos de Rocío, de 13 y 11 años, y a su hija, de dos años,y a la joven le ordenaron ponerse calzado, porque se la llevarían con ellos.

Cuando la mamá de Rocío exigió que le explicaran el motivo de la detención, un militar le ordenó que se callara.

Los niños y la mamá de Rocío recuerdan un hecho: que las personas que invadieron su vivienda no sólo portaban uniformes militares, sino que todas sus armas contaban con números de identificación estampados en la culata.

Para tranquilizar a sus hermanitos y a su hija, Rocío aceptó irse con los militares sin oponer resistencia, les dijo “que no se preocuparan, que todo va a estar bien, que enseguida volvería”, según el testimonio de la mamá de Rocío.

Desde entonces han pasado nueve años, y de José Ángel, Nitza Paola y su sobrina Rocío, todos de la familia Alvarado, habitantes del Ejido Benito Juárez, Buenaventura, Chihuahua, no se ha vuelto a saber nada.

Desde entonces se les considera víctimas de desaparición forzada.

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Excesivo e inaceptable, el uso de la fuerza en Atenco: Corte Interamericana al notificar sentencia al Estado mexicano

Redacción/Aristegui Noticias

La Corte IDH ordena realizar una investigación exhaustiva de los hechos, que incluya a todas las formas de responsabilidad a nivel federal y estatal: Centro Prodh.

Foto: Twitter Centro Prodh

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) notificó este viernes al Estado mexicano sobre la sentencia en la que lo responsabiliza por las graves violaciones a derechos humanoscometidas contra 11 mujeres que sufrieron detenciones arbitrarias, tortura física, psicológica y sexual, y falta de acceso a la justicia el 3 y 4 de mayo de 2006 en Texcoco y San Salvador Atenco, Estado de México.

“El uso de la fuerza por parte de las autoridades policiales al momento de detenerlas no fue legítimo ni necesario, pero además fue excesivo e inaceptable por la naturaleza sexual y discriminatoria de las agresiones sufridas. La Corte concluyó que el uso indiscriminado de la fuerza por parte del Estado en este caso, resultado de una ausencia de regulación adecuada, una falta de capacitación de los agentes, la supervisión y monitoreo ineficiente del operativo, y una concepción errada de que la violencia de algunos justificaba el uso de la fuerza contra todos”, destacó la Corte IDH en el resumen de su sentencia.

La Corte IDH ordena al Estado realizar una investigación exhaustiva de los hechos, que incluya a todas las formas de responsabilidad a nivel federal y estatal, sentando un precedente importante al explicitar que el Estado mexicano tiene el deber de esclarecer la participación de la cadena de mando.

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Aprendí español y fui a otro país por justicia: Valentina, indígena que puso a 2 militares en prisión

Por Redacción/Sin embargo

Valentina tenía 17 años de edad el 16 de febrero de 2002. Ese día lavaba ropa en un arroyo cercano a su casa, en la Barranca Bejuco, en Guerrero, cuando elementos del Ejército la interrogaron sobre el paradero de “encapuchados” en la zona. Después la golpearon, la amenazaron y dos soldados del 41 Batallón de Infantería del Ejército mexicano la violaron. La agresión la presenciaron otros seis uniformados, quienes se burlaron de ella.
La activista destacó que tuvo que aprender hablar español para poder alzar la voz, para ser escuchada y aún así, el gobierno de México jamás le creyó e incluso se burló de ella. Su país no solo le negó el acceso a la justicia sino que el Gobierno le puso obstáculos para llegar hasta donde llegó hoy.

Ciudad de México, 18 de junio (SinEmbargo).- “Al Gobierno que no me creyó, que nunca me hizo caso, que se burló: hoy puedo demostrar que siempre dije la verdad […]. Salí de Mexico a buscar justicia a otro país en donde sí fui escuchada, donde me creyeron porque yo siempre dije la verdad”, destacó Valentina Rosendo Cantú tras lograr, después de 16 años, la sentencia condenatoria por tortura sexual contra los militares que la violaron en 2002.

El pasado 1 de junio, la juez Iliana Fabricia Contreras Perales, del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Guerrero, sentenció a dos militares a 19 años de prisión por la tortura sexual contra Valentina Rosendo Cantú, joven indígena me’phaa.

La condena se deriva de la disculpa pública que el Estado ofreció a Valentina Rosendo en 2011, luego de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió, en 2010, una sentencia contra el Estado Mexicano por su falta de respuesta para proporcionar justicia en el caso.

Valentina Rosendo Cantú dijo hoy, en rueda de prensa, que la sentencia tiene un gran significado no sólo para ella sino para favorecer a muchas mujeres, porque marca una precedente.

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Poder Judicial tiene “oportunidad histórica” para dar primer fallo por tortura sexual en caso Valetina Rosendo: ONG

Por Redacción/Proceso

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan y el Centro para la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) advirtieron que el Poder Judicial de la Federación tiene en sus manos “una oportunidad histórica” de emitir el primer fallo sobre tortura sexual cometida por miembros del Ejército Mexicano desplegados con la finalidad de combatir delitos contra la salud.

En un comunicado, anunciaron que en próximos días le corresponderá al Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Guerrero emitir una sentencia de primera instancia relacionada con los abusos cometidos por efectivos castrenses en agravio de la indígena me’phaa Valentina Rosendo Cantú en febrero de 2002.

“La resolución del proceso judicial por las violaciones graves de derechos humanos cometidas en contra de Valentina Rosendo Cantú llega en un momento clave en el que se discute la inconstitucionalidad e inconvencionalidad de la participación de los elementos del ejército en actividades de seguridad pública, regulada en la Ley de Seguridad Interior”, puntualizaron ambas organizaciones.

La sentencia es el resultado de un ordenamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) de 2010, tribunal regional al que recurrió Rosendo Cantú después de años en que se le negó la justicia en México.

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Comunicado: Por primera vez la Corte Interamericana de Derechos Humanos juzgará a México por desaparición forzada de personas dentro de la fallida estrategia de seguridad militarizada

  • La desaparición forzada se dio en el marco de la fallida estrategia de los Operativos Conjuntos implementados por la administración de Felipe Calderón, con un saldo de miles de violaciones a derechos humanos
  • Después de la desaparición de las víctimas se iniciaron más de 10 investigaciones en diferentes instancias sin resultado alguno
  • El caso representa una oportunidad histórica para el proceso de memoria, verdad, justicia confiable y reparación integral a favor de todas las personas desaparecidas en México y sus familiares

San José, Costa Rica / Chihuahua, México, 24 de abril de 2018.- Los próximos 26 y 27 de abril, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) escuchará los testimonios de dos integrantes de la familia de Nitza Paola Alvarado Espinoza, Rocío Irene Alvarado Reyes y José Ángel Alvarado Herrera, familiares entre sí, desaparecidos en el Ejido Benito Juárez, municipio de Buenaventura, Chihuahua el 29 de diciembre de 2009 por elementos del ejército mexicano.

Este hecho ocurrió en el marco de la “Guerra contra el narcotráfico” estrategia que privilegia la participación de las Fuerzas Armadas a cargo de la seguridad pública y que ha continuado hasta la administración del Presidente Enrique Peña Nieto. Con la implementación de Operativos Conjuntos en diferentes estados del país, Chihuahua llegó a ser el estado más violento en México en 2010, con una tasa de 110 homicidios por cada 100 mil habitantes.

Después de la desaparición, 12 instancias nacionales e internacionales han conocido del caso, entre ellas: la Fiscalía General del Estado, diversas áreas de la Procuraduría General de la República, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y aún la jurisdicción militar. La exigencia de justicia y de conocer el paradero de sus seres queridos ha traído amenazas para las familias en varias ocasiones y les ha llevado a desplazarse forzadamente, actualmente algunas de ellas están en proceso de asilo político en Estados Unidos.

Este caso demuestra lo que viven diariamente miles de familiares de personas desaparecidas en México: nunca hubo acciones de búsqueda inmediatas ni efectivas que estuvieran encaminadas a encontrar con vida a las personas desaparecidas; tampoco ha habido una investigación encaminada a determinar la responsabilidad por la desaparición. Contrariamente,  el manejo de la investigación constituyó en sí mismo un obstáculo para el acceso a la justicia y en múltiples ocasiones se quiso colocar la responsabilidad del avance de las investigaciones a la familia. Por tanto, esta será  la primera ocasión que la CoIDH recibe un caso en el marco actual de las desapariciones en México, cifra que según datos oficiales asciende a 35,000 personas reconocidas como desaparecidas de 2007 a la fecha.

En junio de 2011 las familias presentaron la demanda ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Después de 8 años de que las familias de Nitza Paola, Rocío Irene y José Ángel han exigido justicia y  han buscado a sus seres queridos de forma desesperada,  la Corte Interamericana de Derechos Humanos conocerá el caso,  producto del incumplimiento del Estado mexicano sobre las recomendaciones realizadas por CIDH, instancia que determinó que en este caso, el Estado mexicano era responsable por su desaparición forzada y por tanto recomendó a México investigar los hechos con la debida diligencia, buscar a las víctimas desaparecidas y sancionar a los responsables. Adicionalmente, determinó la responsabilidad del Estado por las violaciones a los derechos humanos de familiares derivadas de amenazas y hostigamientos en su contra y solicitó que el Estado mexicano adopte una serie de medidas de reparación y de no repetición de los hechos.

El caso fue sometido por la CIDH el 9 de noviembre de 2016 y ya ha terminado la fase escrita del mismo. Durante la audiencia pública ante la CoIDH declararán seis personas, se aportarán testimonios y argumentos para demostrar la responsabilidad del ejército, la omisión de las autoridades en la búsqueda y en las investigaciones y la falta de protección a las y los familiares. Asimismo, se presentarán periciales por parte de las víctimas, el Estado y la CIDH.

Para las y los familiares de este caso, la sentencia que se emita de esta audiencia será un reconocimiento a su lucha y a la de miles de familias que exigen medidas adecuadas y proporcionales a la problemática de la desaparición en México.

Las organizaciones que representamos, integradas por el Centro de Derechos Humanos de las Mujeres (CEDEHM), la Comisión de Solidaridad y Defensa de los Derechos Humanos (Cosyddhac), el Centro de Derechos Humanos Paso del Norte (CDHPN) y Mexicanos/as en el Exilio esperamos que esta sentencia profundice en las consecuencias negativas de la militarización como estrategia para la lucha contra la delincuencia organizada, aborde la problemática del desplazamiento forzado en México que se expande cada vez en el país sin el reconocimiento ni las políticas adecuadas y también dé cuenta de todos los obstáculos y riesgos que tienen que pasar las familias para encontrar a sus seres queridos y obtener justicia en el caso.

Finalmente en el marco de la política implementada en México en los últimos dos sexenios, esta sentencia puede determinar que la Ley de Seguridad Interior viola tratados de derechos humanos que México ha ratificado. De igual manera, la sentencia puede sumarse a los múltiples pronunciamientos de la sociedad civil, e instancias locales, nacionales e internacionales de derechos humanos. Sin duda, la sentencia puede servir para los países de todo el continente donde se está discutiendo la militarización de la seguridad.

Sigue la audiencia del caso por streaming en:  www.corteidh.or.cr

Comunicado original: Cedehm