CNDH: necesario, indagar a quiénes pertenecen restos hallados en Cocula

Redacción / La Jornada

Foto: Roberto García Ortiz/La Jornada

Frente a las severas críticas que ha recibido la recomendación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) por el caso Ayotzinapa, en particular de los padres de los normalistas, las organizaciones que los acompañan e investigadores que han trabajado en el asunto, el organismo nacional emitió ayer una serie de consideraciones, entre las que rechazó que su investigación avale la llamada verdad histórica.

Pero a la vez, subrayó, se debe investigar a quiénes pertenecen los más de 63 mil fragmentos óseos recuperados tanto en el basurero de Cocula, Guerrero, como en el río San Juan, y que están bajo resguardo de la Procuraduría General de la República, a fin de determinar si se trata o no de algunos de los estudiantes desaparecidos de manera forzada desde hace más de cuatro años.

“Para la CNDH, la verdad en el caso Iguala es una y no admite adjetivos que condicionen o determinen su contenido, el cual debe estar sustentado en la evidencia objetiva y verificada de hechos, no así en opiniones o pareceres, ni sujeta a coyunturas o intereses políticos ni de ninguna otra índole. Este organismo nacional no avala la denominada teoría de la ‘verdad histórica’, pero también sostiene que las críticas y cuestionamientos que se hubiesen hecho en contra de esa u otras teorías no pueden implicar que las posteriores investigaciones partan de un sesgo inicial o premisa de descartar cualquier elemento que tuviera relación o estuviera vinculado con las mismas, si encuentran sustento en la adminiculación de pruebas y elementos objetivos de convicción”.

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“Indebida” diligencia de Zerón en caso Iguala: CNDH

Redacción/La Jornada

Foto: Roberto García Ortiz/La Jornada

Ciudad de México. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) documentó que durante las indagatorias por el caso Iguala, elementos federales incurrieron en actos de tortura contra algunas de las personas imputadas de los crímenes contra los normalistas de Ayotzinapa, además de que hubo “indebida” diligencia en las indagatorias por los hechos, donde uno de los responsables es el ex titular de la Agencia de Investigación Criminal de la Procuraduría General de la República (PGR), Tomás Zerón.

Este mediodía, el organismo nacional presentará la recomendación por este caso, en la que acreditó que las autoridades de los tres niveles de gobierno-a quienes está dirigida la recomendación- incurrieron en violaciones graves a las garantías fundamentales durante la desaparición forzada de los 43 normalistas, suscitada entre el 26 y 27 de septiembre de 2014, y durante el proceso institucional posterior a estos hechos.

El documento, que consta de 32 capítulos y más de 2 mil hojas, será dado a conocer este miércoles por el ombudsman nacional, Luis Raúl González Pérez; y por el titular de la Oficina Especial para el Caso Iguala de la CNDH, José Larrieta Carrasco, en una conferencia de prensa que se prevé se prolongue varias horas.

Fuentes del organismo nacional adelantaron que la recomendación documenta más de 70 casos de tortura contra algunos de los presuntos implicados en los crímenes contra los normalistas. 

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Visitador de CNDH llama a no repetir error de dejar la seguridad a militares

Redacción / La Jornada

Foto tomada de El Sol de León

Sacar a los militares a las calles para hacer labores de seguridad pública no funcionó. Fue un error y el país debe aprender. Fue un desacierto darle el mando a la milicia. ¿Por qué repetir el error?, cuestionó el segundo visitador general de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), Enrique Guadarrama López.

En entrevista, criticó la propuesta del presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, y de la bancada de su partido, Morena, en la Cámara de Diputados para reformar la Constitución para crear una Guardia Nacional que contaría con mando militar y mantendría a los elementos de las fuerzas armadas en labores de seguridad pública.

Sabemos lo que ha pasado en estos 12 años. El entonces presidente (Felipe Calderón) decretó esta estrategia (en 2006) y detonó lo que hemos venido padeciendo en violaciones a los derechos humanos. Tenemos enfrente una experiencia que no funcionó. Es muy importante aprender del error, y si éste fue darle el mando a la milicia, ¿por qué repetirlo? Tendríamos que cambiar el enfoque y la fórmula.

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Tren Maya debe apegarse a derechos de los pueblos: CNDH

Redacción/La Jornada

Foto: Foto Carlos Ramos Mamahua/La Jornada

Ciudad de México. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) señaló que el “Proyecto del Tren Maya” debe orientarse a los estándares nacionales e internacionales en materia de derechos humanos de los pueblos y comunidades indígenas, y llamó al presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, promover su agenda gubernamental de manera integral con los compromisos en materia de derechos humanos suscritos por México, en especial por lo que se refiere en este caso a la consulta previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe.

En un comunicado, el organismo público señaló que un proyecto de esa naturaleza “debe considerar la consulta a los pueblos y comunidades indígenas sobre los asuntos que potencialmente les afecten, tal y como lo contempla el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, del cual México es parte”, además de considerar aspectos de desarrollo sustentable, que permitan el uso y aprovechamiento de recursos naturales por las generaciones actuales y futuras, equilibrando el crecimiento económico, la inclusión social y la protección del medio ambiente.

Por lo anterior, la CNDH llamó a quienes impulsan dicho proyecto a dar a conocer ampliamente su contenido para propiciar un debate público y la participación libre e informada de las partes interesadas, pues “una sociedad que no está bien informada no es libre de participar en la toma de decisiones que puedan afectar sus derechos fundamentales”.

El documento, subrayó la CNDH, debe detallar de manera clara y sencilla los alcances y pormenores del proyecto, así como señalar con precisión las implicaciones que se puedan derivar en materia de derechos humanos para los pueblos y comunidades indígenas involucrados.

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Inoperantes, leyes contra tortura y desaparición: CNDH

Redacción / La Jornada

Foto: Facebook @CNDHmx

El combate a la desaparición forzada y las inhumaciones clandestina no se hace sólo con las leyes, sino con la responsabilidad de los gobiernos locales, aseguró el presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), Luis Raúl González Pérez, al señalar que de 2016 a la fecha se han incrementado en más de 200 el número de fosas ilegales reportadas, mientras que sólo siete estados han integrado sus comisiones de búsqueda de víctimas.

Tras participar en el seminario internacional 70 aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, señaló que no están funcionando las leyes contra la tortura y la desaparición forzada, y cómo lo van a hacer, si varios estados no han cumplido con sus obligaciones.

Recordó que el primer informe de la CNDH sobre estos entierros se difundió en 2016 y se contabilizaron 855, con información oficial, pero los medios de comunicación reportaron mil 155. De esa fecha para acá han crecido por lo menos en más de 200. Cada vez se reportan más fosas, es decir, es un flagelo, pero que hay que combatirlo no sólo con las leyes.

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Piden a Corte considerar máxima protección de DH en ley de seguridad

Redacción/La Jornada

Ciudad de México. El presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), Luis Raúl González Pérez, exhortó a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a considerar los estándares internacionales de máxima protección a los derechos humanos, en su respuesta “histórica” a la controversia constitucional contra la Ley de Seguridad Interna, presentada por la propia CNDH.

Foto: Carlos Ramos Mamahua/La Jornada

Tras inaugurar el Simposio Internacional de Derechos Humanos: a 70 años de la Declaración Universal de Derechos Humanos, señaló que “si bien el proyecto de la SCJN trae avances, la preocupación, que no es en contra de ninguna institución, es que en un Estado democrático de derecho las normas se apeguen a la convencionalidad y a la Constitución”, pues explicó que “nos preocupa que la coordinación de las corporaciones policías estén a cargo de autoridades militares, porque tienen distinta preparación”.

González Pérez enfatizó que la CNDH acatará cualquier decisión que asuma el máximo tribunal y agregó que sin “demérito de su honorabilidad (de las instituciones militares, los estándares internacionales de máxima protección a los derechos humanos señalan que la interacción con la población, en materia de seguridad, tiene que estar en el mando civil, por eso hoy que se discute en la SCJN vuelvo a hacer el exhorto a los ministros porque es histórica la decisión que tomarán en función de la determinación que asuman en respuesta a la accion de inconstitucionalidad”.

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CNDH confirmó 55 casos de tortura por parte de elementos de Policía Federal entre 2012 y 2016

Redacción/Animal Político

En todos los casos, además, se sufrir torturas, las víctimas sufrieron también de detenciones arbitrarias o retenciones ilegales.

Foto: Facebook Policía Federal de México

Entre 2012 y 2016, elementos de la Policía Federal incurrieron al menos en 55 casos de tortura en distintas entidades del país, tal como revelan las estadísticas difundidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

De esos casos, 31 fueron confirmados a través de 13 recomendaciones emitidas en el pasado por dicho organismo, y los últimos 24 casos están expuestos en la más reciente recomendación por “violaciones graves” publicada por el ombudsman nacional, el pasado 30 de octubre.

A lo largo del sexenio que concluye, señala el estudio de la CNDH, la tortura y los tratos crueles han sido empleados sistemáticamente por la Policía Federal durante sus operaciones, y de ello dan muestra los más recientes reportes anuales de quejas: sólo en el periodo 2015 a 2017 se presentaron 357 denuncias por tortura ante la CNDH, de los cuales, en 85% la autoridad perpetradora señalada por las víctimas fue, precisamente, la Policía Federal.

Según las estadísticas divulgadas por la CNDH, sólo entre 2012 y 2016, contra la Policía Federal se presentaron 171 quejas por tortura, de ellas, 142 corresponden al año 2016.
En 2015 y 2016, de hecho la Policía Federal ocupó el primer lugar entre las autoridades más mencionadas ante la CNDH como probables responsables de tortura.

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Elementos de Semar y PF torturaron a una mujer frente a sus hijos; también fue violada: CNDH

Redacción/Proceso

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Hombres vestidos de civil y con el rostro cubierto, se introdujeron en la casa de una mujer cuando dormía en compañía de su familia. Cuando salió de su habitación para ver lo que ocurría, uno de los sujetos le apuntó con un arma en la cabeza, la amenazó y golpeó en el rostro frente a sus hijos.

Foto: tomada de Proceso

Según el relato de la víctima, quien presentó una queja ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), los sujetos embozados la llevaron a la sala de su domicilio, le colocaron una toalla sanitaria y una venda en los ojos y le ataron las manos por la espalda mientras causaban destrozos.

Su hija se acercó llorando y preguntó qué le hacían, pero un sujeto le ordenó que se metiera en una de las habitaciones.

La mujer relató que fue subida a un vehículo y llevada a un lugar desconocido, donde la golpearon e interrogaron sobre su presunta participación en diversos ilícitos. Después, uno de los sujetos abusó sexualmente de ella y la amenazó con hacerle daño a su familia si denunciaba el hecho.

Por último, relató que le iniciaron una averiguación previa por su probable participación en los delitos de portación de arma de fuego y posesión de cartuchos del Ejército, Armada y Fuerza Aérea nacionales y otra más por la probable comisión del delito contra la salud en su modalidad de narcomenudeo.

Ambas indagatorias fueron consignadas ante un Juez que inició la causa penal correspondiente en la que se dictó sentencia absolutoria a favor de la mujer, quien interpuso una queja ante la CNDH.

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La CNDH detecta internamientos irregulares en tres cárceles de Hidalgo

Redacción/Proceso

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Autoridades judiciales de Hidalgo sentencian penalmente e internan de manera irregular en las cárceles de Atotonilco El Grande, Tizayuca y Zacualtipán, centros destinados para albergar a personas sancionadas por infracciones administrativas, señaló la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

Foto: Facebook @CNDHmx

Al emitir la Recomendación 43/2018 -dirigida al Tribunal Superior de Justicia y al Consejo de la Judicatura estatal-, el organismo detalló que en estas cárceles el tiempo de estancia máxima debe ser de 36 horas y su finalidad no es la reinserción social.

La Comisión subrayó que “es competente para conocer de actos u omisiones de las autoridades judiciales cuando éstos tienen carácter administrativo, como en este caso, ya que se efectúan internamientos irregulares en cárceles municipales en contravención de los artículos 18 y 115 constitucionales”.

En una investigación y visita en las tres cárceles municipales, la CNDH observó irregularidades, por lo que considera que se violentan los derechos a la seguridad jurídica y la legalidad de las personas privadas de la libertad, a quienes las autoridades judiciales internan de manera irregular.

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Formula CNDH respetuoso llamado a ministras y ministros de la SCJN para que invaliden la Ley de Seguridad Interior en su totalidad, ya que su vigencia, considera, es contraria al pleno respeto de los derechos humanos y la dignidad de las personas

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), desde el ámbito de su competencia y autonomía, hace un respetuoso llamado a las Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que, al momento de resolver las impugnaciones a la Ley de Seguridad Interior, declaren la inconstitucionalidad de la totalidad de la misma, ya que se considera que el Congreso de la Unión no tenía facultades constitucionales para expedirla, al estimarse que la Seguridad Interior no es una vertiente de la Seguridad Nacional.

Además, su vigencia permite perpetuar un estado de cosas inconstitucionales que resulta contrario al pleno respeto a los derechos fundamentales y la dignidad de las personas, por lo cual se hace un atento llamado a las Ministras y Ministros para que reconsideren el contenido y alcance del artículo 20 de la ley, que establece una subordinación plena de las autoridades civiles al mando de las Fuerzas Armadas, por lo cual habría que reconsiderar que las acciones de seguridad deben ser dirigidas en todo momento por una autoridad civil, en pleno respeto de los derechos humanos reconocidos en la Constitución Federal y en los tratados internacionales.

Se reconoce y celebra la propuesta de declaración de inconstitucionalidad de diversas normas impugnadas por esta Comisión Nacional; sin embargo, la CNDH expresa su preocupación por el reconocimiento de validez constitucional que el proyecto propone sobre los siguientes temas: Incompetencia del Congreso de la Unión para legislar en materia de seguridad interior; Falta de consulta previa a pueblos y comunidades indígenas; Subordinación de las autoridades civiles al mando de las Fuerzas Armadas, y Facultad de las autoridades militares para solicitar cualquier información.

Para esta Comisión Nacional, aun cuando las posibles declaraciones de invalidez proyectadas en diversos puntos abonan a la protección de los derechos humanos, su subsistencia genera incertidumbre jurídica cuando el resto de la norma continúa vigente, ya que generan diversos vacíos normativos.

Los puntos del proyecto de resolución del Ministro Ponente Jorge Mario Pardo Rebolledo que son coincidentes con la demanda interpuesta por la CNDH son: El concepto de “amenaza a la seguridad interior” es muy amplio e indeterminado; La Ley permite la actuación de las Fuerzas Armadas por su propia cuenta para la atención de “riesgos” a la seguridad interior, y La distinción injustificada de manifestaciones que puedan ser consideradas como amenazas.

También, la posibilidad de que las Fuerzas Armadas actúen sin que medie petición de las autoridades civiles; La deficiente definición del concepto de “uso legítimo de la fuerza”; La participación de Fuerzas Armadas para atender “amenazas” sin declaratoria previa; El esquema de detención distinto al constitucional; La clasificación de toda la información que se genere como reservada, y la restricción injustificada a la libertad de reunión.

Por otro lado, este Organismo Autónomo considera que la citada Ley establece la posibilidad de que las fuerzas castrenses realicen acciones en tierras ancestrales de comunidades y pueblos indígenas, y que, por lo tanto, es una norma que les impacta directamente, por lo que se debió consultarlos de manera previa, libre, informada, de buena fe y culturalmente adecuada, ya que el derecho a la consulta previa no depende de una afectación real a los derechos de pueblos y comunidades indígenas, sino de la susceptibilidad de que puedan llegar a dañarse, pues el objetivo de esa consulta es determinar si los intereses de esas poblaciones serían perjudicados.

En pleno respeto del derecho a la protección de los datos sensibles y personales de las víctimas de delitos y de violaciones graves a derechos humanos, esta Comisión Nacional solicita al Máximo Tribunal del país declare la invalidez de las disposiciones que señalan de manera abierta la entrega de todo tipo de información, sin distinción, en posesión de las autoridades y órganos autónomos, so pretexto de la realización de tareas en materia de seguridad interior.

En relación con la propuesta del proyecto de reiterar el criterio establecido al resolver la acción de inconstitucionalidad 1/1996 en el que esa Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las Fuerzas Armadas brinden auxilio a las autoridades civiles cuando lo soliciten, la CNDH considera que el Alto Tribunal debe realizar un nuevo análisis de tal postura, tomando como parámetro el nuevo paradigma de los derechos humanos, a la luz de la reforma constitucional de 2011.

Cabe recordar que, previo a la publicación de la Ley y sus posteriores impugnaciones, este Organismo Nacional enfatizó que la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de Seguridad Pública no es la respuesta más adecuada para enfrentar el índice delictivo que aqueja a nuestro país, dada la especial naturaleza de sus funciones constitucionales; lo anterior, sin dejar de reconocer su institucionalidad, compromiso y entrega en las labores encomendadas.

Por el contrario, deben privilegiarse la formación y capacitación de policías; la inteligencia financiera y la investigación patrimonial; el fortalecimiento de la prevención, como la atención de las desigualdades, privilegiando y atendiendo el ejercicio de los derechos sociales, así como la atención del tráfico de armas, además de realizar una revisión y replanteamiento de nuestro sistema penitenciario.