Inconstitucional, no otorgar la visa humanitaria a quien busca refugio
Redacción / Milenio
El juez Ricardo Gallardo Vara, del decimosexto distrito en materia administrativa de Ciudad de México, determinó que la práctica del Instituto Nacional de Migración de no otorgar visa por razones humanitarias a solicitantes de la condición de refugiado es inconstitucional, informó la Comisión Mexicana de Promoción de los Derechos Humanos.
La organización dio a conocer que el INM le negó la tarjeta de visitante por razones humanitarias a un colombiano, a pesar de haber solicitado protección internacional, y le otorgó el documento provisional de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas.
La comisión difundió ayer la sentencia emitida por el juez Gallardo Vara el pasado 30 de julio, en la que se establece que ese documento provisional “no corresponde a la solicitud y situación migratoria del promovente, por lo que resulta contrario a lo dispuesto en los artículos 14 y 16 de la Constitución mexicana y, por tanto, es fundado el concepto de violación hecho valer por el quejoso”.