Acusan al TSJ-CDMX de obstaculizar la justicia para las mujeres

Por Redacción/Somos el medio

Exigen destitución de Juezas 10 y 11 por no proteger a la infancia ni los derechos de las mujeres

Ciudad de México, 22 de agosto 2017.- El 8 de junio de 2017 los cuerpos de Mireya Agraz Cortés, sus dos hijas, su hijo, así como el padre de Mireya fueron encontrados sin vida; su madre fue encontrada inconsciente. Desde 2010, Mireya detectó violencia sexual contra su hijo de 3 años y en 2014 inició un proceso legal en contra de su exesposo Leopoldo Olvera Silva para divorciarse y denunciar el abuso sexual que él cometió contra sus hijas e hijo. Mireya también denunció que recibía amenazas por parte de Leopoldo y, aún con los antecedentes de denuncias hacia él, en 2016 se le otorgó a su exesposo la custodia de sus hijas e hijo.

A pesar de la denuncia, la Jueza Décima de lo Familiar del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (TSJCDMX), Mtra. Cristina Espinoza Roselló, determinó el divorcio incausado de la pareja y un régimen de visitas y convivencias provisional en el Centro de Convivencias del Tribunal Superior de Justicia de la CDMX entre exclusivamente Leopoldo Olvera Silva y sus hijas, a pesar de la evidencia proporcionada por el hospital respecto a la violencia sexual.

En septiembre de 2014, la Jueza Onceava de lo Familiar del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, Lic. Silvia Araceli García Lara retomó el expediente de las hijas e hijo de Mireya, omitió los peritajes del DIF y otorgó a Leopoldo Olvera Silva la guarda y custodia de sus hijas y su hijo después de seis años de denuncias, dos peritajes y dos informes (el del Hospital Psiquiátrico Infantil “Dr. Juan N. Navarro” y el de ADIVAC) que comprueban la violencia sexual cometida contra el niño y las niñas.
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PGJ y TSJ violaron derechos fundamentales en investigación del caso Narvarte: CDHDF

Foto: Yahir Ceballos

Por Redacción/Proceso

A casi dos años del multihomicidio de la colonia Narvarte, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) determinó que la investigación de la ejecución del fotoperiodista colaborador de Proceso, Rubén Espinosa; la activista Nadia Vera, además de otras tres mujeres, no fue “adecuada” ni “exhaustiva” y que las autoridades de procuración de justicia violaron derechos humanos fundamentales.

Durante la presentación de la Recomendación 4/2017, la presidenta del organismo, Perla Gómez, señaló a la Procuraduría General de Justicia (PGJ) y al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) capitalinos como responsables de la falta de actuación conforme a protocolos nacionales e internacionales en la investigación del crimen ocurrido el viernes 31 de julio del 2015.

Se trata de uno de los crímenes en la capital del país, cuya investigación ha sido severamente cuestionada -incluso a nivel internacional- y que ha marcado la gestión del jefe de gobierno Miguel Ángel Mancera.

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Guerrero: Amparan a diputado priista con licencia acusado de homicidio

Por Redacción/ Proceso

Un juez federal otorgó un amparo al diputado local con licencia Saúl Beltrán Orozco, acusado de homicidio calificado en agravio de un extrabajador del ayuntamiento de San Miguel Totolapan, lo que deja sin efecto la orden de aprehensión librada por un juez de primera instancia, a petición de la Fiscalía General del estado (FGE).

La resolución judicial también ordena a los diputados integrantes de la LXI legislatura suspender el juicio de procedencia que se inició hace meses para suspenderle el fuero a Beltrán Orozco, compadre de Raybel Jacobo de Almonte, El Tequilero, líder delincuencial en la región de la Tierra Caliente, quien supuestamente es buscado por el Ejército y la policía estatal.

La decisión del Juzgado Décimo de Distrito con sede en esta ciudad, fue difundida por los abogados del diputado priista, quien tras solicitar licencia al cargo, el pasado jueves 4, se escondió para evitar ser detenido.

De acuerdo con el fallo, se encontraron “inconsistencias y vicios formales en el mandato judicial”, es decir que la FGE y Tribunal Superior de Justicia local (TSJ) violaron el debido proceso del inculpado al hacer pública la orden de aprehensión y no solicitar de manera formal el desafuero.

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