Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia: Qué establece para agresores y víctimas

El martes entraron en vigor las reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en la Ciudad de México.

Imagen tomada de Twitter @ONUMujeres

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El martes entraron en vigor las reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en la Ciudad de México y en esto consisten:

Si un hombre agrede a una mujer en su casa, deberá dejar el hogar, pero se hará responsable del pago de los servicios. Tampoco podrá vender, donar o ceder la casa o los bienes adquiridos en la sociedad conyugal, cuando el matrimonio fue por bienes mancomunados.

Lo mismo aplica para los bienes que se encuentren en el domicilio común en caso de concubinato o sociedad de convivencia, a fin de que el agresor no pueda enajenar o gravar los bienes aunque la pareja no esté casada.

En cuanto a vivienda, la dependencia antes citada, junto a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, así como la Fiscalía General de Justicia capitalinas, facilitarán los trámites para que las mujeres víctimas de violencia obtengan viviendas y créditos accesibles para adquirir o mejorar una, tomando en cuenta las condiciones de vulnerabilidad de las agredidas.

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Fallo de SCJN sobre aborto deja en “estado de indefensión a las mujeres de Veracruz”: ONG

Gloria Leticia Díaz/Proceso

Foto: Emiliano Pensamiento/Cencos

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Representantes de organizaciones no gubernamentales (ONG) criticaron el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que deja en “estado de indefensión a las mujeres de Veracruz” al validar el Código Penal de esa entidad, que mantiene como delito la interrupción del embarazo aun en las primeras 12 semanas.

En conferencia de prensa, defensores de los derechos humanos de las mujeres, quienes presentaron un amparo para que el Congreso de Veracruz legislara a favor del aborto, lamentaron que, con cuatro votos a favor y uno en contra, magistrados de la Primera Sala de la SCJN desecharan el proyecto del magistrado Juan Luis González Alcántara Carrancá por considerar que no existe omisión legislativa “al no haber modificado diversos artículos del Código Penal de esa entidad que violentan o restringen los derechos humanos de las mujeres”.

La coordinadora del área de Violencia de Género y Derechos Humanos de la organización Católicas por el Derecho a Decidir (CDD) y del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), María de la Luz Estrada, consideró que la votación de este miércoles “deja en un estado de indefensión a las mujeres de Veracruz, porque no se discutió a fondo la situación del acceso al aborto legal en dicha entidad”.

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Suprema Corte propone despenalizar aborto por violar derechos humanos de mujeres

Juan Omar Fierro/Proceso

Foto:Alejandro Saldívar/Proceso

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- A propuesta del ministro Juan Luis González Alcántara, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá un proyecto de sentencia que califica la penalización del aborto y su prohibición absoluta como una violación a los derechos humanos de las mujeres.

La propuesta, que será analizada y votada por la Primera Sala del Máximo Tribunal el próximo miércoles 29, señala que imponer una sanción penal a quienes deciden interrumpir su embarazo “supone una barrera discriminatoria al acceso a la salud de las mujeres”.

“La prohibición total de la interrupción del embarazo –vía tipificación penal– es una barrera que genera discriminación en contra de las mujeres en relación con el acceso al derecho a la salud”, destaca.

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