Corte despenaliza el aborto a nivel federal

Imagen: Twitter @GIRE_mx

 

Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) 

Ciudad de México, 6 de septiembre de 2023.

  • Se despenaliza por vía judicial el aborto en el Código Penal Federal. 
  • Todas las mujeres y personas con capacidad de gestar podrán acceder a abortos en instituciones federales de salud.
  • IMSS, ISSSTE, PEMEX y cualquier institución de salud federal deberán prestar el servicio de aborto a las mujeres y personas con capacidad de gestar que lo soliciten.

Con el objetivo de que todas las mujeres y personas gestantes tengan acceso a abortos seguros sin ser criminalizadas, GIRE y otras organizaciones locales hemos encabezado una estrategia jurídica nacional que consiste en presentar amparos para eliminar el delito de aborto autoprocurado y consentido en todos los códigos penales del país donde no se ha despenalizado por parte de los congresos, incluido el federal.

Con base en la sentencia sobre la inconstitucionalidad del delito de aborto en el Código Penal de Coahuila resuelta por unanimidad por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en septiembre de 2021, GIRE presentó un amparo contra el Congreso de la Unión y el Ejecutivo Federal por haber emitido una regulación que criminaliza el aborto

Hoy, la Corte analizó este amparo y concluyó que el apartado del Código Penal Federal que criminaliza el aborto ya no tendrá efectos y, por lo tanto, a ninguna mujer o persona gestante, ni al personal de salud, se le podrá castigar por abortar. 

Con esta resolución, IMSS, ISSSTE, PEMEX y cualquier institución de salud federal deberán brindar el servicio de aborto a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar que lo soliciten. Además, el personal médico de las instituciones federales de salud no podrá ser criminalizado por brindar este servicio de salud. Asimismo, la Corte ordenó que se elimine el delito de aborto en el Código Penal Federal.

Al haberse aprobado por unanimidad, esta sentencia se vuelve obligatoria para todas y todos los jueces locales y federales, quienes tendrán que implementar lo dicho por la Corte.

Desde GIRE confiamos en que las entidades del país, cuya legislación aún obstaculiza la autonomía reproductiva, tomen en cuenta los criterios del máximo tribunal de justicia a fin de garantizar el derecho a decidir de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

 

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Ver comunicado de la SCJN

Cambios a la Ley del Derecho de Autor atentan gravemente contra derechos fundamentales: expertos

Mathieu Tourliere/Proceso

Foto tomada de la página web de la Cámara de Diputados diputados.gob.mx

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- En el paquete de reformas que los legisladores aprobaron ayer, en bloque, para alinear el marco legal de México con las disposiciones del nuevo tratado de libre comercio (T-MEC), destacan cambios a la Ley Federal del Derecho de Autor y al Código Penal Federal.

En opinión de especialistas, tales modificaciones “violan la Constitución, son contrarias a los estándares internacionales de derechos humanos y atentan gravemente contra los derechos fundamentales de millones de personas usuarias de tecnología en México”.

En tal sentido, las organizaciones Artículo 19 y la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) advirtieron: “Combatiremos las reformas aprobadas ante el Poder Judicial de la Federación. Asimismo, exigimos a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y a las y los legisladores que votaron en contra de estas disposiciones, que interpongan acciones de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.

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La ONU pide a México garantizar el aborto por riesgos a la salud

Redacción/mexico.com

El pasado 15 de mayo, la SCJN determinó que las instituciones de salud pública pueden practicar abortos por razones médicas

Ilustración: mexico.com

La Organización de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) México celebró la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en favor del aborto por razones de salud y llamó a tomar medidas para garantizarlo.

El pasado 15 de mayo, la Primera Sala de la SCJN determinó, por unanimidad, que las instituciones de salud pública pueden otorgar el acceso al servicio de interrupción del embarazo por razones médicas aunque el Código Penal Federal —bajo el que se rige la Ley General de Salud— no lo contemple.

La representación del organismo multinacional señaló que la decisión de la SCJN tiene como finalidad restaurar y proteger la salud de las mujeres cuando se ve afectada no sólo por el embarazo, sino también por padecimientos físicos o mentales que empeoran con la continuación del mismo.

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