Juez vincula a proceso al ciudadano que denunció corrupción y fue demandado por constructora

Foto: Diario Criterio

Por Redacción/Animal Político

El ciudadano Leonardo García Vázquez fue vinculado a proceso por haber dado una entrevista a un periódico local denunciando irregularidades en la construcción del fraccionamiento Esmeralda, en el que participó la constructora SYLMA.

El juez fijó un plazo de dos meses para complementar la investigación, y estableció medidas cautelares. Aunque llevará su proceso en libertad, tendrá que acudir a firmar cada 15 días, y no podrá salir de los estados de Hidalgo, Estado de México, y Ciudad de México.
 
La acusación es por el delito de difamación.
 
El argumento para iniciar el proceso fue que Leonardo tuvo que haber agotado las instancias legales pertinentes en el estado de Hidalgo antes de acudir a los medios de comunicación, para denunciar irregularidades que involucran a la constructora SYLMA.
 
El juez dijo que ni los medios de comunicación ni el gobierno son la instancia inicial para exigir que un particular haga su trabajo, cumpla con un contrato. Antes, según su argumento, debe acudir a instancias legales.

“Eso significa que ningún ciudadano puede comunicarle a un periodista o a otra persona un hecho, aunque sea verdad, porque se enojan o le causan descredito”, señaló Guerrero Rojas en entrevista con el diario Criterio.

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A 3 años del asesinato de Moisés Sánchez, el Estado sólo garantiza impunidad

Foto: Artículo 19

Por Artículo1 9

Ciudad de México, 2 de enero de 2018.- A tres años de que el periodista Moisés Sánchez Cerezo fuera sustraído de su domicilio en Medellín de Bravo, Veracruz, el 2 de enero de 2015, y posteriormente asesinado. Un año más, seguimos confirmando la falta de voluntad por parte de la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE) para realizar una investigación imparcial, seria y exhaustiva que pueda constituir una garantía a los derechos de acceso a la justicia, verdad y reparación de Moisés Sánchez, su familia y la sociedad.

Moisés Sánchez y su contexto

Recordemos a Moisés Sánchez quien ejercía un periodismo ciudadano, siendo indispensable para el flujo de información tanto dentro como fuera de Medellín, a través del cual podía conocerse el acontecer en esa región. Era dueño del periódico La Unión, el cual imprimía cuando sus posibilidades económicas se lo permitían. También utilizaba una página de internet y las redes sociales para difundir su periodismo de denuncia social, difundiendo información sobre temas como inseguridad, corrupción política y gubernamental, crimen organizado, así como la falta o deficiencia en los servicios públicos.

Moisés Sánchez forma parte de las y los periodistas que, por realizar su labor, han sido víctimas de un contexto grave de violencia en México, en los últimos diez años, por parte del crimen organizado y de funcionarios públicos, mismos que también actúan en connivencia o complicidad con aquél, cuyo objetivo es acallar voces críticas y que la información permanezca en cajones cerrados.

No debemos soslayar que lo ocurrido a Moisés Sánchez se encuentra enmarcado en el sexenio de Javier Duarte de Ochoa, quien fue gobernador de Veracruz de 2010 a 2016, de quien también debemos recordar que cuando sucedieron los hechos, denostó a Moisés al referir que “era taxista”, no periodista. Actualmente se encuentra en prisión, siendo investigado por delitos de índole económico, pero no por su posible responsabilidad en los crímenes contra periodistas, que en su mandato sumaron 17 periodistas asesinados, cuya época constituye un capítulo oscuro para los derechos humanos; no obstante, el actual gobierno de Miguel Ángel Yunes, no ha marcado ninguna diferencia al respecto, al contar con 4 periodistas asesinados desde que tomó protesta en diciembre de 2016.

Lo anterior, se suma a un Estado de derecho débil, con un aparato institucional que únicamente funciona dentro de un marco de simulación, donde la forma impera sobre el fondo y se encuentra lejos de brindar soluciones efectivas a las grandes problemáticas que aquejan al país. La impunidad sigue siendo una de ellas.

Este mismo contexto al que Moisés Sánchez hacia frente a través de su importante labor periodística, es ahora al que se continúa enfrentando como parte de la permanente exigencia de justicia y verdad por su asesinato.

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Atacan con explosivos el domicilio de fotoperiodista en Guanajuato

Foto: Derecho a informar

Por Redacción/Artículo 19

Ciudad de México a 27 de noviembre de 2017.– Sujetos desconocidos atacaron con un artefactos exposivos el domicilio y vehículo de Nicanor Garrido, fotoperiodista de El Heraldo de León, el 24 de noviembre en la colonia Santa Anita, en León, Guanajuato.

El ataque con bombas molotov se registró aproximadamente a las 5:00 horas, provocando el incendio de su automóvil modelo Ford Windstar y la puerta frontal del predio de su domicilio. Garrido y su familia tuvieron que extinguir el fuego. A las 8:00 horas el fotoperiodista decidió acudir al Ministerio Público a denunciar el hecho, donde se abrió la carpeta de investigación número 120827.

“El lugar donde vivo es pequeño y todos se conocen. Mucha gente sabe a qué me dedico. Voy a cumplir 26 años en el periodismo y por la cobertura que hago estoy expuesto a este tipo de situaciones pero esta ocasión me genera muchísima preocupación porque ya se metieron con mi familia y con mi casa, dijo el reportero a ARTICLE 19.

El 30 de septiembre, en la colonia Infonavit del Valle, Garrido fue agredido físicamente y le dañaron su equipo fotográfico cuando cubría una escena del crimen. Posteriormente, los familiares de la persona asesinada amenazaron de muerte al fotoreportero a través de conocidos comunes.

Además, un día antes del ataque con explosivos, en la misma colonia se suscitó una riña con armas de fuego. Dicho suceso fue publicado con datos de las personas implicadas en un periódico donde un familiar del periodista labora en temas logísticos.

El periodista señala que no podría decir si este ultimo incidente está ligado al intento de incendio en su domicilio, para lo cual considera que las autoridades del estado de Guanajuato deben dar una respuesta a través de una investigación.

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Mandato de la Corte para regular publicidad oficial, “un gran paso, no una victoria”: Artículo 19

Imagen: articulo19.org

Por Redacción/Proceso

OAXACA, Oax. (apro).- Aunque la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso de la Unión regular el uso del dinero público destinado a la publicidad oficial, “eso no significa que ya podemos cantar victoria, ahora esperamos que no sea una ley mediocre o que simule a intereses particulares”, afirmó el representante de Articulo 19, Ricardo Reyes.

Al preguntarle qué pasaría si el Congreso de la Unión desacata ese mandato judicial, dudó porque considera difícil que vaya a destituir a 500 diputados y senadores como sucedió recientemente con el delegado de la Venustiano Carranza, Israel Moreno Rivera, aunque lo más probable es que traten de cumplir legislando una ley que simule.

Durante la mesa de análisis “Contar lo bueno, cuesta mucho. El gasto en publicidad oficial del gobierno federal 2013-2016”, a la que convocó el Comité de Defensa Integral de Derechos Humanos Gobixha (Codigo dh) con el objetivo de transparentar la publicidad oficial del gobierno, reconoció que, en efecto, de decisión de la Corte “es un gran paso, pero no es una victoria”.

Relató que esta decisión se logró gracias a la “omisión legislativa” y el tema de libertad de expresión que atentaba contra los medios de comunicación principalmente y de la sociedad en su derecho a informar.

A petición de Artículo 19, la Corte ordenó el pasado 15 de noviembre legislar sobre la publicidad oficial porque la omisión implicaba violencia sutil a los medios de comunicación y el gasto excesivo en comunicación social o publicidad oficial. Ahora el Congreso está obligado a emitir una ley a más tardar el 30 abril de 2018.

Sin embargo, dijo, “tememos que haya una simulación de parte del legislativo para enviar una ley y decir: ‘ya cumplimos’, pero que no contemple las necesidades de transparentar los contratos públicos, que existan topes presupuestales, que no haya un gasto excesivo, que haya una repartición equitativa y no discriminatoria que afecte a medios críticos”.

Adelantó que desde la sociedad civil estarán atentos para que esta ley salga bien porque “las expectativas son altas, pero hay que ser precavidos para que no sea una ley a modo o a interés de particulares”.

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Sujetos armados agreden físicamente e intimidan a periodista de El Sur en Guerrero

Por Redacción/Artículo 19

Ciudad de México, a 16 de noviembre de 2017.- Ciriaco Zacarías Cervantes, periodista de El Sur, fue víctima de intimidación y agresiones físicas por parte de siete sujetos desconocidos y armados la noche de ayer, alrededor de las 20:00 horas en una calle del centro de la capital del estado de Guerrero.

En entrevista con ARTICLE 19, Cervantes comentó que cuando se dirigía a su automóvil, estacionado en la esquina de la calle Galo Soberón y Parra con el encauzamiento del río Huacapa, se percató que siete hombres lo esperaban en la contra esquina, todos vestían camisa blanca y llevaban armas de fuego. Dos se le acercaron antes que el periodista pudiera abrir la puerta de su automóvil, le doblaron el brazo y lo obligaron a agachar la cabeza para diera las llaves del vehículo. Mientras estaba sometido pudo escuchar que uno de ellos hacía una llamada telefónica: “¿Nos lo llevamos?”.

Cervantes les dijo que no tenía dinero pero que podían llevarse el auto. “No queremos su pinche dinero”, le contestaron. Los agresores revisaron su carro y su cartera y antes de dejarle libre es dejaron un ejemplar de ayer de El Sur en el asiento del copiloto. Estaba abierto en una página con una nota firmada por el periodista, en la que se confirma que los cuerpos hallados dentro de una camioneta incendiada en la carretera Chilapa-Ahuacuotzingo son del ex presidente estatal del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Ranferi Hernández Acevedo, junto con su esposa, su suegra y su chófer.

Sin decir nada más, le quitaron su celular y se fueron. Cervantes se quedó agachado unos minutos esperando a que los agresores huyeran, después se levantó y abandonó el lugar.

ARTICLE 19 ha documentado en años previos agresiones contra periodistas del medio guerrerense El Sur; entre otras, el 24 de agosto se registró el intento de homicidio contra Alejandro Guerrero, reportero del medio también. Otras agresiones se registraron durante la cobertura de protestas sociales, por privación ilegal de la libertad contra una integrante del medio, así como de presiones por parte de congresistas del estado para atacar el derecho de reserva de fuentes periodísticas.

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Artículo 19 gana en SCJN amparo histórico que forzará a regular derroche de gobiernos en prensa

Foto: Sin Embargo

Por Redacción/Sin Embargo

Ciudad de México, 15 de noviembre (SinEmbargo).- Con cuatro votos a favor y uno en contra, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó el día de hoy el amparo interpuesto por la organización Artículo 19 sobre la omisión legislativa que regularía la publicidad oficial.

En la Primera Sala del recinto, el amparo presentado por el Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea presentó su sentencia a favor de Artículo 19 por acreditar que el Congreso no expidió la ley reglamentaria del párrafo octavo del Artículo 134 de la Constitución, que regula el gasto en materia de comunicación social.

“Se desprende que dado que la Constitución le impuso al Congreso de la Unión el deber de expedir una ley que reglamente el párrafo octavo del artículo 134 constitucional en un plazo que ya ha transcurrido en exceso y esto no ha ocurrido, debe concluirse que el Poder Legislativo ha incumplido totalmente esa obligación”, sostuvo el Ministro en su proyecto.

Quienes también estuvieron a favor fueron los ministros José Ramón Cossío y la Ministra Presidenta Norma Lucía Piña Hernández, los que estuvieron en contra son Alfredo Gutiérrez Ortiz y Jorge Mario Pardo, quien anunció voto particular. Con esta mayoría de votos a favor del proyecto, quedó resuelto a favor de Artículo 19 y con esto se obliga a la siguiente legislatura a emitir la ley reglamentaria al Artículo 134 antes del 30 de abril de 2018.

Y concluyó que tiene razón Artículo 19 en este punto: “nos encontramos frente una omisión legislativa absoluta atribuible a las dos cámaras del Congreso de la Unión”.

En el proyecto también señaló que la ausencia de esta regulación propicia que la política de gasto en comunicación social canalice los recursos fiscales hacia medios afines a las posiciones del gobierno y niegue el acceso a esos recursos —o simplemente se amenace con restringirlo— a los medios de comunicación que son críticos con las políticas del gobierno.

Lo que queda es observar los efectos del amparo.

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La SCJN discutirá el miércoles 15 el amparo promovido por Artículo 19 sobre regulación a la publicidad oficial

Foto: Benjamín Flores/Proceso

Por Redacción/Proceso

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá en su sesión del próximo miércoles 15 el proyecto de resolución del amparo interpuesto en 2014 por la organización Artículo 19, en el que demanda la aprobación del proyecto de sentencia que ordena emitir la Ley Reglamentaria del Gasto de Comunicación Social a nivel federal y estatal.

La petición se deriva de la omisión del Congreso de la Unión a legislar sobre esa materia que, según Leopoldo Maldonado –oficial de Protección y Defensa de Artículo 19– está pendiente desde la reforma de 2014. Se acordó que, de acuerdo con el artículo tercero transitorio de la reforma de febrero de 2014, el 30 de abril de ese año debió legislarse sobre esa materia, pero el Legislativo aún no lo hace.

“Lo ideal –sostiene Maldonado– sería que se vote por unanimidad. Con que se apruebe por mayoría quedaríamos satisfechos… pero sí hacemos un llamado, es claro que tiene que mandar el máximo tribunal del país”.

Su colega Paulina Castaño, investigadora del programa de Justicia Fiscal de Fundar, comenta que el aval a este amparo por parte del ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea –que se discutirá en la Primera Sala del supremo tribunal– podría impactar también en otras omisiones del Congreso:

En 2014, dice, los legisladores tuvieron la oportunidad de regular la publicidad, pero no lo hicieron, por eso ahora estamos esperando una votación en ese sentido.

Fundar ha documentado la distribución discrecional de la publicidad oficial en medios de comunicación, en particular durante la administración del Enrique Peña Nieto.

Televisa y TV Azteca son los dos medios los beneficiados con la publicidad gubernamental, aunque no hay ningún motivo que lo justifique, dice Castaño. El problema es que hay lineamientos claros para acotar esa práctica.

E insiste: “Nosotros vemos la publicidad oficial como la comida chatarra del gobierno: llena pero no alimenta; nada más nos engorda con pura información que quizá no es la buena”.

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Corte va por regular publicidad oficial; medios críticos son asfixiados económicamente: proyecto

Por Redacción/Animal Político

    El proyecto del ministro Zaldívar señala que el Congreso, debe a más tardar el 30 de abril de 2018, expedir ley que regule publicidad y que debió aprobarse hace tres años.

    La falta de una ley que regule la publicidad oficial en los medios en México provoca un “ejercicio arbitrario” del presupuesto de comunicación social, pues favorece a medios afines al gobierno y limita recursos a medios que no lo son, “asfixiándolos financieramente” y poniendo en riesgo su existencia.

    “Es un efecto silenciador y una restricción indirecta a la libertad de expresión”, concluyó el proyecto de sentencia elaborado por el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar derivado de la revisión de un amparo promovido por la organización defensora de la libertad de expresión Artículo 19, ante la falta de una ley que regule la publicidad oficial.
    El proyecto de Zaldívar – que será analizado y sometido a votación en la Primera Sala el 15 de noviembre – ordena al Congreso expedir la ley que regule el gasto en comunicación social antes del 30 de abril de 2018.

    En lo que va del gobierno de Enrique Peña Nieto, dicho gasto ya supera los 37 mil millones de pesos.

    En la demanda de amparo, Artículo 19 señala que el artículo tercero transitorio de la llamada “reforma político – electoral” aprobada desde febrero de 2014, ordenaba claramente que se debía emitir una ley específica para regular la contratación de publicidad oficial. Sin embargo, el Congreso ha sido “omiso” en expedirla e incluso hay una “parálisis” para avanzar en el tema.

    “Mientras eso ocurre la omisión de la autoridad responsable viola la libertad de expresión, de prensa y de información, ya que la ausencia de un marco normativo reglamentario permite un uso arbitrario y discrecional de la repartición de la publicidad oficial”, estableció Artículo 19 en su demanda.

    Originalmente el amparo fue tratado por un juez federal en materia administrativa en la Ciudad de México quien determinó archivarlo (sobreseerlo) bajo el argumento de que no era procedente ya que el amparo no aplicaba para temas “políticos electorales” y que además se violaba el principio de relatividad pues la sentencia podría beneficiar a terceros ajenos al procedimiento.

    Inconformes con esta decisión que ni siquiera analizó el fondo del tema, Artículo 19 pidió a la Corte atraer el caso y en agosto de 2015 la Primera Sala consideró que había elementos suficientes para que el caso fuera abordado por el máximo tribunal del país, ante la posible violación de derechos fundamentales con esta situación.

    La omisión del Congreso

    El proyecto de sentencia elaborado por el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea concluye, en primera instancia, que no había razón para que la demanda fuera sobreseída por el juez que la atrajo.

    Desde el punto de vista de Zaldívar, la ley que se debía haber formulado ya, aun cuando emana de un artículo transitorio de una reforma que se denominó “política y electoral”, no tiene nada que ver con esa materia sino con la posible violación de un derecho constitucional como es el de la libertad de expresión, como lo planteó Artículo 19 en su demanda.

    Tampoco es procedente el argumento de la “relatividad” de una sentencia pues si bien ésta puede beneficiar a terceros, dicha circunstancia está plenamente justificada, sobretodo desde las reformas de 2011 a la Ley de Amparo donde se reconoce que los amparos pueden tener un beneficio colectivo, y no solo del que lo promueve.

    Tras desestimar que el caso no pudiera ser abordado en un proceso de amparo, la sentencia ratifica que, en efecto, el Congreso de la Unión ha sido omiso en expedir la ley que marcaba el artículo 8 transitorio de la reforma aprobada en febrero de 2014.

    “Dado que la Constitución le impuso al Congreso de la Unión el deber de expedir una ley que reglamente el párrafo octavo del artículo 134 constitucional en un plazo que ya ha transcurrido en exceso y esto no ha ocurrido, debe concluirse que el Poder Legislativo ha incumplido totalmente esa obligación. En consecuencia, tiene razón la quejosa en este punto: nos encontramos frente una omisión legislativa” indica el proyecto.

    Censura indirecta del gobierno

    El análisis de fondo que realizó el ministro Zaldívar concuerda con la demanda interpuesta por Artículo 19: la falta de regulación de la publicidad oficial en los medios pone en riesgo la libertad de expresión e información y genera censura.

    El proyecto hace énfasis en la importancia en términos económicos que dicha publicidad significa para la subsistencia de un medio.

    De acuerdo con la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH hay medios que reportan que hasta el 40 o 50% de sus ingresos proviene justamente de la publicidad oficial. La supresión de la publicidad, advierte la sentencia, puede implicar que determinado medio “ya no tenga los recursos económicos necesarios para seguir funcionando”.

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Gobierno debe garantizar seguridad de integrantes de Colectivo Pericú ante amenazas en Baja California Sur

Foto: Cuartoscuro

Por Redacción/Desinformémonos

Ciudad de México | Desinformémonos. La organización Artículo 19 exigió al gobierno medidas de seguridad para los integrantes del Colectivo Pericú ante la mención de dos de los reporteros en una manta colocada en un puente peatonal en la Avenida La Paz de San José del Cabo, en Baja California Sur.

Colectivo Pericú es un medio que se especializa en coberturas de tiempo real y cuyo trabajo “ha generado malestar en personas relacionadas con el crimen organizado”, de acuerdo con Cuauhtémoc Morgan, uno de los reporteros mencionados en la manta.

“No conocemos a ninguna de las personas que se mencionan (en la manta) y nunca hemos tenido contacto con ellos ni con otras personas ligadas a la criminalidad”, agregó.

La segunda reportera mencionada, Hermelinda Vargas, ha sido además seguida por funcionarios y le han bloqueado su labor informativa en diferentes ocaciones, la última el 14 de octubre, “a pesar de estar plenamente identificada como periodista en las zonas donde ocurren hechos de nota roja”, explicó Morgan.

“(Ella) es la única mujer que cubre este tipo de noticias aquí en Los Cabos. En algunas ocasiones me ha avisado que patrullas de la Policía Municipal la han seguido de manera discreta a veces y en otras a corta distancia cuando se traslada en la ciudad a bordo de su vehículo”.

Artículo 19 recordó que no es la primera vez que atentan contra el trabajo de Colectivo Pericú, lo que pone “en relieve la ineficacia de las autoridades –de los tres niveles de gobierno– para combatir las crímenes contra la prensa y garantizar la libertad de expresión.

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SCJN tiene oportunidad histórica para acabar con uso arbitrario y discrecional de publicidad oficial

Imaghen: articulo19.org

Por Artículo 19

Ciudad de México, a 27 de octubre de 2017.- El día de ayer fue publicado por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el proyecto de sentencia de amparo en el cual propone conceder la protección constitucional a ARTICLE 19 para efectos de que el Congreso de la Unión legisle en materia de publicidad oficial.

De aprobarse dicho proyecto por la mayoría de los Ministros y la Ministra de la Primera Sala, el Congreso de la Unión tendría hasta el 30 abril de 2018 para discutir y aprobar la ley reglamentaria. Sin duda se trataría de un precedente histórico en dos sentidos. Primero, brindaría al juicio de amparo eficacia para que la ciudadanía pueda reclamar violaciones a la Constitución por omisiones del legislativo. Segundo, obligaría a regular en la asignación de la publicidad oficial para lo cual se estaría en la oportunidad de revertir los históricos mecanismos de censura ejercidos contra la prensa por los gobiernos federal y estatales. Hasta el día de hoy 37 mil millones de pesos han sido ejercidos sin ningún control por la actual administración federal.

De esta manera, al reconocer la Suprema Corte el papel fundamental en la construcción democrática que tienen los medios de comunicación y la pluralidad informativa, el proyecto de sentencia considera que se actualiza una violación al derecho de libertad de expresión, ante la falta de reglas claras sobre la asignación de recursos en comunicación social. De hecho, el proyecto retoma como contexto el uso brindado a este gasto: premiar o castigar líneas editoriales. Ante ello equipara el uso discrecional del gasto público de comunicación social con una condena penal o una indemnización civil desproporcionada, por lo cual la omisión legislativa genera un efecto inhibidor en el flujo de información.

Entre los aspectos destacados de el proyecto de sentencia encontramos : 1) considera que ARTICLE 19 tiene interés legítimo para reclamar la violación del derecho de libertad de expresión en razón de su objeto social; 2) el asunto no se constriñe a la materia electoral sino a cualquier uso que se brinde a la comunicación social; 3) procede el juicio de amparo contra omisiones legislativas absolutas, es decir, cuando existe mandato expreso de legislar en la Constitución; 4) la importancia de los medios de comunicación en una sociedad democrática y la necesidad de construir pluralismo y diversidad informativas y; 5) la falta de regulación en la materia abre un campo de discrecionalidad gubernamental en la asignación del gasto público de la publicidad oficial, lo cual redunda en un medio indirecto de restricción de la libertad de expresión.

Desde mayo de 2014, ARTICLE 19 promovió un juicio de amparo en el cual reclamaba que el Congreso de la Unión había incurrido en una violación al derecho de libertad de expresión al omitir discutir y aprobar la ley reglamentaria del artículo 134, párrafo octavo, de la Constitución. La base de la demanda constitucional es la reforma político-electoral del 10 de febrero de 2014, cuyo artículo tercero transitorio ordenaba al Congreso de la Unión a expedir la ley reglamentaria en materia de comunicación social. Para ello, estableció como plazo el 30 de abril de 2014.

Cabe recordar que el artículo 134, párrafo octavo, constitucional establece que “[l]a propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público”.

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