¿Es verdad que el Sistema Penal Acusatorio ha fracasado en nuestro país?
Por Itzel A. Sánchez Piña
@Itz_asp
¿Qué pasa si soy yo?
Imagina que una mañana caminando por la calle te aborda un par de policías en una patrulla, después te indica que subas a la unidad, argumentando que cometiste un delito, por lo que te llevarán ante el Ministerio Público, te ponen a disposición de un juez; ahora te encuentras enfrentando un proceso penal, qué consideras que sería lo más justo: ¿seguir tu proceso dentro de una prisión, o en libertad hasta que se decida si eres culpable?
Este planteamiento es falso, es necesario aclarar que este sistema privilegia la libertad en dos supuestos. El primero: en caso de resultar inocente, por lo que en sentencia se deberá ordenar libertad inmediata; o el segundo: en caso de que la persona haya sido imputada de un delito no grave, para que pueda seguir su proceso y defensa en libertad, lo cual pretende garantizar que personas inocentes no se encuentren en prisión, situación muy común en nuestro país.
De acuerdo con la Comisión Nacional de Seguridad, en 2016 la población penitenciaria en México ascendía a 236 mil 886 personas, de ella poco más de 40 por ciento aún no contaba con una sentencia, es decir, casi la mitad de ellos se encuentran privados de su libertad sin que se haya demostrado que son culpables de algún delito. No es ninguna sorpresa que los centros de reclusión del país se encuentren sobrepoblados, ofreciendo condiciones indignas para aquellos que son confinados a estos espacios. Tan solo en los Centros de Readaptación Social de la Ciudad de México, su capacidad está rebasada por 16 mil 257 personas; esto sin mencionar los costos económicos, que consisten en $32 mil 434 por día.
Repensando la justicia
Ante esto es necesario reconsiderar si un sistema penal que privilegia la libertad es realmente el culpable de generar impunidad como se ha manifestado, o si bien esta deficiencia se debe a muchos otros factores que se han pretendido dejar convenientemente fuera de foco.
El Sistema Penal debe ser para el estado un instrumento de ultima ratio (ultima razón), considerarlo como la única herramienta para mantener el orden social es un gran equívoco, que resulta característico de regímenes autoritarios, en una democracia pone en evidencia la mala instrumentación del aparato estatal.
¿Qué hay con la prevención y la no reincidencia? Es necesario que una vez entendido lo anterior, el Estado apueste por otras alternativas como la prevención del delito en sus distintas dimensiones, entre ellas la necesidad de incrementar y mejorar la oferta laboral, lograr condiciones que mejoren el acceso a la educación, así como la toma de medidas necesarias para lograr la no reincidencia, temas que son los grandes ausentes en la discusión.
Lo anterior no significa que el sistema no sea perfectible, sin embargo, no debe apostarse por cambiar su naturaleza, la desinformación que permea sobre este sistema en la sociedad, y el mal manejo de la poca información que hacen los medios al pretender presentar un sistema de reciente implementación como un sistema fallido, pone en grave peligro los avances en materia de derechos humanos que supuso el tránsito de un sistema mixto a uno de corte acusatorio con enfoque garantista, si bien es cierto no ha marcado un hito, las pretensiones de los detractores son tendentes a el endurecimiento del mismo, mediante la ampliación del catálogo de delitos graves, modificación de la prisión preventiva como medida cautelar excepcional, entre otras, situaciones que representarían un gran retroceso en materia de justicia.
Este texto se publicó originalmente en The Mexican Times