Diputados aprueban dictamen de publicidad oficial, que opositores califican como #LeyChayote
Por Redacción/Animal Político
El dictamen pasará al Senado para que sea discutido; organizaciones sociales consideran que no favorece la libertad de expresión ni el pluralismo en la información.
La Cámara de Diputados aprobó con 205 votos a favor, 168 en contra y cero abstenciones la Ley General de Comunicación Social.
El dictamen tiene como objetivo establecer las normas a que deberán sujetarse los entes públicos a fin de garantizar que el gasto en comunicación social cumpla con los criterios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez; y, respete los topes presupuestales, límites y condiciones de ejercicio que establezcan los presupuestos de egresos respectivos.
Sin embargo, organizaciones sociales denuncian que esta ley incentivaría el uso proselitista de la publicidad oficial que afectaría la equidad de la contienda electoral, además promueve un gasto discrecional y excesivo.
<blockquote class=”twitter-tweet” data-lang=”es”><p lang=”es” dir=”ltr”>¡No a la <a href=”https://twitter.com/hashtag/LeyChayote?src=hash&ref_src=twsrc%5Etfw”>#LeyChayote</a>! ¡No más gastos discrecionales y excesivos! ¡Sí a los <a href=”https://twitter.com/hashtag/MediosLibres?src=hash&ref_src=twsrc%5Etfw”>#MediosLibres</a>! <a href=”https://t.co/u95dMHJTSr”>pic.twitter.com/u95dMHJTSr</a></p>— Fundar (@FundarMexico) <a href=”https://twitter.com/FundarMexico/status/983808590346637312?ref_src=twsrc%5Etfw”>10 de abril de 2018</a></blockquote>
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El dictamen atiende el mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de crear una ley reglamentaria al artículo 134 de la Constitución, reformado en 2014.
De acuerdo con el dictamen, los medios de comunicación tienen garantizado el pleno ejercicio del desarrollo a la libertad de expresión en la contratación y difusión de propaganda gubernamental.
“La Secretaría de Gobernación (Segob) administrará el uso de los tiempos del Estado y de los tiempos fiscales, conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Telecomunicaciones, salvo en el caso de los tiempos oficiales que administra el Instituto Nacional Electoral”.