La SCJN da fallo histórico a favor de los indígenas de Juchitán y en contra de parque eólico español
Por Redacción/Sin embargo
Integrantes de la comunidad indígena de Juchitán, Oaxaca, donde ya hay 15 parques eólicos, interpusieron una demanda de amparo en 2015 porque la Comisión Reguladora de Energía violó su derecho a una consulta libre, previa e informada acorde al marco internacional. Aunque en junio de 2016 el titular del Juzgado Séptimo de Distrito en Salinas Cruz, Oaxaca, lo negó, este día la Suprema Corte de Justicia de la Nación atrajo el caso.
Esta acción judicial “puede fijar criterios importantes en futuros casos similares”, expusieron organizaciones civiles defensoras de derechos humanos.
Ciudad de México, 10 enero (SinEmbargo).– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo el caso del amparo contra la instalación del parque eólico de la empresa española Eólica del Sur, para implementar una consulta libre, previa e informada en la comunidad zapoteca de Juchitán de Zaragoza, ubicado en el Istmo de Tehuantepec en Oaxaca, donde hay más de 20 parques eólicos.
“Los integrantes de la Primera Sala consideraron que el asunto reúne los requisitos de interés y trascendencia, en tanto que involucra el contenido y alcance del derecho humano a la consulta previa, libre e informada de las comunidades indígenas”, expuso la SCJN en un comunicado. “Según lo alegado por los indígenas, [el parque eólico] podría producir importantes afectaciones y alteraciones ambientales que repercutirían de manera directa en su comunidad, e indirectamente, en la sociedad en general”.
De 2014 a 2015, se llevó a cabo una simulación de consulta con “una serie de vicios procesales y una marcada violación a los principios rectores de los derechos” que derivaron en intimidaciones y falta de claridad sobre cómo se verán afectados en sus actividades diarias como la agricultura y la pesca, evidenciaron las organizaciones ProDesc y PODER.
Diversas organizaciones pidieron a los ministros que también consideren las denuncias de otros pueblos indígenas sobre consultas no apegadas al marco internacional en el contexto de la implementación de proyectos derivados de la Reforma Energética.
Esta acción judicial “puede fijar criterios importantes en futuros casos similares”, expusieron en un comunicado. Fundar, Serapa, Centro Prodh y otras consideraron que, a raíz de este caso no aislado, la Primera Sala de la SCJN puede entrar a definir criterios importantes y necesarios sobre los principios de la consulta a pueblos y comunidades indígenas, en especial sobre el carácter de “previo”, ya que implementar un proceso de consulta cuando el proyecto a desarrollar ya está definido no es compatible con el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Eólica del Sur busca imponer el parque eólico más grande de América Latina en Juchitán de Zaragoza y El Espinal, con 132 torres de 125 metros de altura cada una. El director general, Eduardo Centeno, resaltó que es el primero proyecto que se realiza con la aprobación de la comunidad tras una consulta.