¿Por qué amparo a Aristegui es tan importante?
Por Eduardo Espinosa
Como se dio a conocer en algunos medios, Fernando
Silva, Juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa concedió a la periodista Carmen Aristegui una suspensión provisional por los lineamientos
que MVS emitió para regir la relación entre la empresa y sus conductores.
La admisión del amparo sienta un precedente progresivo ya que el Juez homologa los actos de MVS como un acto de autoridad, toda vez que es una concesionaria
de un servicio público, y el fundamento para dicha determinación es:
“Artículo 5º. Son partes en el juicio de amparo: (…)
II. La autoridad responsable, teniendo tal carácter, con independencia de su naturaleza formal, la que dicta, ordena, ejecuta o trata de ejecutar el acto que crea, modifica o extingue situaciones jurídicas en forma unilateral y obligatoria; u omita el acto que de realizarse crearía, modificaría o extinguiría dichas situaciones jurídicas.
Los particulares podrán tener la calidad de autoridad responsable en el juicio de amparo cuando actúen en ejercicio de funciones públicas.
Hay que estar atentos porque en la audiencia incidental que se llevara acabo el 27 de abril de 2015 se resolverá si ordena la reanudación de la transmisión
del noticiero ya que “se pone en riesgo lo estipulado en el contrato y, además, pueden generar un efecto inhibidor en la libertad de expresión”.